UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES TESIS “ESTADO SITUACIONAL DE LA GESTIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN EJECUTADOS POR LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO, PERIODO 2011-2016” PARA OBTENER EL TÍTULO PROFESIONAL DE CONTADOR PÚBLICO ELABORADO POR RAIZA ISABEL DIAZ AGUILAR TINGO MARÍA – PERÚ 2020 UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA REGISTRO DE TESIS PARA LA OBTENCIÓN DEL TITULO UNIVERSITARIO I. DATOS GENERALES DE PREGRADO Universidad : Universidad Nacional Agraria de la Selva Facultad : Facultad de Ciencias Contables. Título de Tesis : “Estado Situacional de la gestión de los proyectos de inversión ejecutados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, Periodo 2011 – 2016”. Autora : Raiza Isabel Diaz Aguilar. Asesor de Tesis : CPC. Jeremías Allpas Rodríguez. Escuela Profesional : Contabilidad. Programa de Investigación : Ciencias Sociales y Desarrollo Sostenible. Línea de investigación : Auditoría. Lugar de Ejecución : Provincia de Leoncio Prado. Duración : Inicio : 22 – 02 – 2017. Termino: 31 – 12 – 2018. Financiamiento : Recursos Propios. Raiza Isabel Díaz Aguilar CPC. Jeremías Allpas Rodríguez Ejecutora Asesor DEDICATORIA A Dios por brindarme día a día mucha sabiduría, y fortaleza, derramando sus bendiciones y siendo guía en mi camino. A mi familia por ser un gran apoyo incondicional, por darme amor y comprensión en mi desarrollo personal y profesional. AGRADECIMIENTO A mi familia por el gran ánimo y paciencia durante los cinco años de carrera profesional. Asimismo, al C.P.C. Jeremías Allpas Rodríguez, por su apoyo y asesoramiento en la fase de ejecución para la presentación del informe final de tesis. ÍNDICE DEDICATORIA AGRADECIMIENTO ÍNDICE ÍNDICE DE TABLAS ÍNDICE DE FIGURAS INTRODUCCIÓN RESUMEN ABSTRACT CAPÍTULO I PLANTEAMIENTO METODOLÓGICO 1.1. Fundamentación del problema ............................................................................... 1 1.1.1. Selección general ............................................................................................. 1 1.1.2. Selección específica......................................................................................... 1 1.1.3. Definición del problema .................................................................................. 2 1.2. Formulación del problema ...................................................................................... 3 1.2.1. Problema general. ........................................................................................... 3 1.2.2. Problemas secundarios. .................................................................................. 3 1.3. Objetivos……… ....................................................................................................... 3 1.3.1. Objetivo general. ............................................................................................ 3 1.3.2. Objetivos específicos ...................................................................................... 4 1.4. Hipótesis…… ............................................................................................................ 4 1.4.1. General……..................................................................................................... 4 1.4.2. Sistema de variables, dimensiones e indicadores………………………...…4 1.4.3. Definición operacional de variables, dimensiones e indicadores. ................. 5 1.5. Justificación e importancia ..................................................................................... 5 1.5.1. Teórica............................................................................................................5 1.5.2. Práctica ..........................................................................................................6 1.6. Delimitaciones ......................................................................................................... 6 1.6.1. Teórica………….. ........................................................................................... 6 1.6.2. Espacial……….. .............................................................................................. 6 1.6.3. Temporal. ......................................................................................................... 7 1.7. Metodología ............................................................................................................. 7 1.7.1. Tipo de investigación. ..................................................................................... 7 1.7.2. Población y muestra. ....................................................................................... 7 1.7.3. Técnicas de recolección y tratamiento de datos. ........................................... 10 1.7.4. Procesamiento y presentación de datos. ........................................................ 11 1.8. Limitaciones. .......................................................................................................... 13 CAPÍTULO II FUNDAMENTO TEORICO 2.1. Antecedentes de la investigación...........................................................................14 2.1.1. Internacionales...............................................................................................14 2.1.2. Nacionales......................................................................................................14 2.1.3. Locales...........................................................................................................16 2.2. Bases teóricas..................................................................................................................18 2.3. Definiciones de términos básicos..........................................................................33 CAPÍTULO III DEBILIDADES DE CONTROL EN LA GESTIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN 3.1. Incumplimiento de la normativa presupuestal en la contratación de la ejecución de obras....... .......................................................................................... 36 3.1.1. Resultados de la investigación. ..................................................................... 36 3.2. Incumplimiento de funciones del supervisor en la ejecución de obra ............... 41 3.2.1. Resultados de la investigación. ..................................................................... 41 3.3. Deficientes expedientes técnicos de obras ........................................................... 49 3.3.1. Resultados de la investigación. ..................................................................... 49 3.4. Falta de priorización en la gestión de los proyectos de inversión pública ........ 54 3.4.1. Resultados de la investigación ...................................................................... 54 3.5. Irresponsabilidad de las funciones del comité de selección en la contratación de ejecución del saldo de la obra y consultoría de obra ................................... 58 3.5.1. Resultados de la investigación ...................................................................... 58 CAPÍTULO IV INCUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN 4.1. Proyectos de inversión inconclusos ..................................................................... 62 4.1.1. Resultados de la investigación. .................................................................... 62 4.2. Carencia de desarrollo económico local .............................................................. 66 4.2.1. Resultados de la investigación ..................................................................... 66 4.3. Población insatisfecha ........................................................................................... 73 4.3.1. Resultados de la investigación. ..................................................................... 73 4.4. Vida útil de los proyectos de inversión ................................................................ 74 4.4.1. Resultados de la investigación. ..................................................................... 74 CAPITULO V ACCIONES A REALIZAR PARA RECUPERAR LOS RECURSOS MAL USADOS DE LAS OBRAS PARALIZADAS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO DEL PERIODO 2011- 2016 5.1. Ejecución de la obra “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco” …................................................77 5.2. Ejecución de la obra “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final [...]” …................................................79 CAPÍTULO VI DISCUSIÓN DE RESULTADOS 6.1. Verificación de resultados…...............................................…................................81 CONCLUSIONES .......................................................................................................... 88 RECOMENDACIONES ................................................................................................ 89 BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................ 91 ANEXOS…………………………………………………....……………………….....93 ÍNDICE DE TABLAS Tabla 1 Estado situacional de los proyectos de inversión pública mayores del 2011- 2016 de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado...................................8 Tabla 2 Resumen del presupuesto y pagos efectuados ................................................ 37 Tabla 3 Modificaciones presupuestarias(Fuente de financiamiento: Recursos ordinarios) ......................................................................................................37 Tabla 4 Modificaciones Presupuestarias – Habilitaciones y Anulaciones (Fuente de financiamiento: Recursos ordinarios).............................................................38 Tabla 5 Modificaciones Presupuestarias – Habilitaciones y Anulaciones.....................39 Tabla 6 Resumen del presupuesto disponible y pagos efectuados del proyecto: "Ampliación y Remodelación del Estadio IPD de Tingo María” (Fuente de financiamiento: Recursos ordinarios) ............................................................40 Tabla 7 Partidas correspondientes a la Meta 2 valorizado en exceso............................42 Tabla 8 Determinación del saldo a favor de la entidad................................................ 43 Tabla 9 Pagos irregulares por trabajos no ejecutados....................................................45 Tabla 10 Monto cancelado a la empresa contratista de forma irregular..........................46 Tabla 11 Perjuicio económico en contra de la entidad................................................... 47 Tabla 12 Propietarios del terreno donde se ejecutará la obra “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable [...]”.....................................................53 Tabla 13 Comparación de formas de pago para la contratación de reformulación del expediente técnico de obra “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable [...].......................................................................................61 Tabla 14 Perjuicio económico en contra de la entidad.................................................. 65 Tabla 15 Identificación de la dimensión con los objetivos de los proyectos de inversión pública de estudio.......................................................................................... 67 Tabla 16 Rango de vida útil expresado en años de edificios según tipo de material….75 Tabla 17 Vida útil según clase de activos……………………………………………..75 ÍNDICE DE FIGURAS Figura 1. Ciclo del proyecto de inversión pública .......................................................... 21 Figura 2. Proceso de ejecución de obras públicas .......................................................... 26 Figura 3. Priorización del proyecto “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco” ............................ 54 Figura 4. Priorización del proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable,Alcantarillado y Disposición Final de la Zona [...] ............. 56 INTRODUCCIÓN La tesis titulada “Estado Situacional de la gestión de los proyectos de inversión ejecutados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, Periodo 2011 – 2016”, estudió a los proyectos de “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco” y “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa”. En ellos, se percibe irregularidades técnicas, administrativas y financieras que se tienen que esclarecer a la población. Por las razones expuestas, el objetivo de la presente investigación, se orientó a determinar el estado situacional de la gestión de los proyectos de inversión ejecutados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del 2011 al 2016. Para el efecto, se puso a prueba, y como resultado de la contrastación con la realidad, se corroboró la hipótesis de que “las debilidades de control en la gestión de los proyectos de inversión limitan el cumplimiento de los objetivos de la ejecución de los proyectos de inversión de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado durante los años del 2011 al 2016”. La tesis se estructurará en seis capítulos. El primero, sistematiza el planteamiento metodológico; el segundo, se basa en el fundamento teórico; el tercero, precisa las debilidades de control en la gestión de los proyectos de inversión de la municipalidad del 2011 al 2016; el cuarto, demuestra el incumplimiento de los objetivos de la ejecución de los proyectos de inversión de la municipalidad del periodo 2011-2016; el quinto, plantea las acciones a realizar para recuperar los recursos mal usados de las obras paralizadas de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del periodo 2011- 2016; y el sexto capítulo, señala la discusión de resultados. Finalmente se arribó a las conclusiones y recomendaciones obtenidas en base a los objetivos y a la discusión de resultados. RESUMEN El objetivo general de la investigación es determinar el estado situacional de la gestión de los proyectos de inversión ejecutados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del 2011 al 2016, cuyo tipo de investigación que se utilizó es Aplicada según lo expuesto por Mario Tamayo y Tamayo en su obra “El proceso de la investigación científica “. Debido a los conflictos de intereses la entidad realizó un peritaje de las obras en estudio : “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco”, en el cual mediante R.A. 344-2018-MPLP de fecha 25 de mayo del 2018 se aprueba el peritaje de obra que determina un saldo a favor de la entidad de S/. 1,683,995.22; y en la “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa”, conforme a la R.A. 350-2018-MPLP de fecha 28 de mayo del 2018 y la R.A. 628-2018-MPLP de fecha 21 de agosto del 2018 aprueban el peritaje de obra con un perjuicio en contra de la entidad de S/. 21,119,582.19; por lo que, se recomienda a la Procuradora Publica Municipal requerir la contratación del servicio de un asesor legal externo especializado, para que efectúe la defensa en materia civil para la recuperación del dinero. Palabras clave: Proyecto de inversión pública, gestión, obras públicas y municipalidad ABSTRACT The general objective of the research is to determine the situational state of the management of the investment projects that the Leoncio Prado Province Municipality carried out between 2011 and 2016, the research type that was used is applied, according to Mario Tamayo and Tamayo in their work, “El proceso de la investigación científica.” Due to conflicts of interest, the entity did a technical report of the works in study: “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco,” in which, due to R.A. 344-2018-MPLP, dated May 25, 2018, the technical report for the work is approved, deciding upon an amount of S/. 1,683,995.22 in favor of the entity; and for the “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa,” according to R.A. 350-2018-MPLP, dated May 28, 2018, and R.A. 628-2018-MPLP, dated August 21, 2018, the technical report for the work was approved with damages against the entity of S/. 21,119,582.19; thus, it is suggested to the municipality’s public attorney that they require the hiring of the services of a specialized external legal advisor for the defense as a civil matter in order to recuperate the money. Keywords: Public investment project, management, public works, municipal CAPÍTULO I PLANTEAMIENTO METODOLÓGICO 1.1. Fundamentación del problema 1.1.1. Selección general: “El Presupuesto de inversión en los gobiernos locales del Perú” El Estado contó con el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), permitió que los gobiernos regionales y locales puedan calificar los proyectos como viables, con el “fin de crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad productora o de provisión de bienes o servicios” (Directiva 001-2011-EF/68.01, 2011, artículo 3), siendo el ente rector el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Inversión Pública. 1.1.2. Selección específica: “Estado situacional de la gestión de los proyectos de inversión ejecutados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, periodo 2011-2016” Durante la gestión del 2011 al 2014, la Municipalidad Provincial de Leoncio dejó la ejecución de obras en estado paralizado de la “Ampliación y Remodelación del Estadio IPD de Tingo María [...]”; la “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María [...]”; y la “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable [...]. Teniendo en cuenta aquellos referentes empíricos observados, podemos decir que la entidad no cumplió con los objetivos de la ejecución de los proyectos de inversión. Este hecho, se debió posiblemente a las debilidades de control en la gestión de los proyectos de inversión. Esas variables fueron estudiadas y analizadas en la ejecución de la tesis. 2 1.1.3. Definición del problema El SNIP se creó con el fin de optimizar el uso de los recursos del Estado, se rige “por los principios de economía, priorización y eficiencia [...]” (Ley 27293, 2000, artículo 4) durante el ciclo del proyecto. Las municipalidades distritales y provinciales “son órganos de gobierno promotores del desarrollo local [...] “(Ley 27972, 2003, artìculo 1), trabajan en función a un presupuesto participativo anual que debe basarse a su plan de desarrollo concertado. La municipalidad durante la gestión del 2011 al 2014 dejó obras inconclusas, el cual el estado situacional al año 2018 de las mismas son : “Ampliación y Remodelación el Mercado Modelo de Tingo María [...]”en la fase de selección del procedimiento de Adjudicación Simplificada 022-2018-MPLP-TM-1 derivada de la Licitación Pública 001-2018-MPLP-TM-Primera Convocatoria de la contratación de ejecución de obra: Ejecución del saldo de la obra “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo [...]”; “Ampliación y Remodelación del Estadio IPD [...]” aún está pendiente del peritaje; y de la “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable[...]”se encuentra en nulidad de oficio el procedimiento de selección de Concurso Público 001-2018-MPLP-TM de la contratación de servicio de consultoría de obra para la reformulación del expediente técnico del proyecto: "Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, [...] ”, retrotrayéndose hasta la etapa de convocatoria y publicación de bases. Los posibles factores que limitaron el cumplimiento de los objetivos de la ejecución de los proyectos de inversión son las debilidades de control en la gestión de dichos proyectos originados por el incumplimiento de la normativa presupuestal en la contratación de la ejecución de obras, incumplimiento de funciones del supervisor en la ejecución de obra, deficientes expedientes técnicos de obras, falta 3 de priorización en la gestión de proyectos de inversión, irresponsabilidad en las funciones del comité de selección en la contratación de ejecución del saldo de la obra y consultoría de obra. 1.2. Formulación del problema 1.2.1. Problema general  ¿Cuál es el estado situacional de la gestión de los proyectos de inversión ejecutados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del 2011 al 2016? 1.2.2. Problemas secundarios  ¿En qué situación se encuentran los proyectos de inversión ejecutados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado durante los años 2011 – 2016?  ¿Cuáles son las causas que limitaron cumplir los objetivos de la ejecución de los proyectos de inversión de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del periodo 2011- 2016?  ¿Qué acciones deben realizar para recuperar los recursos mal usados de las obras paralizadas de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del periodo 2011- 2016? 1.3. Objetivos 1.3.1. Objetivo general  Determinar el estado situacional de la gestión de los proyectos de inversión ejecutados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del 2011 al 2016. 4 1.3.2. Objetivos específicos  Identificar en qué situación se encuentran los proyectos de inversión ejecutados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado durante los años 2011 – 2016.  Establecer las causas que dificultaron cumplir los objetivos de la ejecución de los proyectos de inversión ejecutados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del periodo 2011- 2016.  Plantear las acciones a realizar para recuperar los recursos mal usados de las obras paralizadas de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del periodo 2011- 2016. 1.4. Hipótesis 1.4.1. General “ Las debilidades de control en la gestión de los proyectos de inversión limitan el cumplimiento de los objetivos de la ejecución de los proyectos de inversión de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado durante los años del 2011 al 2016”. 1.4.2. Sistema de variables, dimensiones e indicadores  Variable: Variable independiente: (X) X: Debilidades de control en la gestión de los proyectos de inversión. Variable dependiente: (Z) Z: Incumplimiento de los objetivos de la ejecución de los proyectos de inversión. 5 1.4.3. Definición operacional de variables, dimensiones e indicadores Operacionalizando la hipótesis tenemos la siguiente conexión lógica: ∀ a ∈ ∪ {𝑎𝑋 → 𝑎𝑍} Según los siguientes indicadores por variable: Variable X: Debilidades de control en la gestión de proyectos de inversión. Indicadores: Incumplimiento de la normativa presupuestal en la contratación de la ejecución de obras……………....................…...................…X1 Incumplimiento de funciones del supervisor en la ejecución de obra……………………………………………………...……..X2 Deficientes expedientes técnicos de obras…………..................X3 Falta de priorización en la gestión de proyectos de inversión....X4 Irresponsabilidad en las funciones del comité de selección en la ejecución de obra y consultoría de obra.....................................X5 Variable Z: Incumplimiento de los objetivos de la ejecución de los proyectos de inversión Indicadores: Proyectos de inversión inconclusos………………...........…......Z1 Carencia de desarrollo económico local…………....…......…....Z2 Población insatisfecha…………………....……….…..…..…....Z3 Vida útil de los proyectos de inversión ………………....….….Z4 1.5. Justificación e importancia 1.5.1. Teórica a) No existen investigaciones que hayan realizado estudios rigurosos sobre el “Estado Situacional de la gestión de proyectos de inversión ejecutados por la 6 Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, Periodo 2011 – 2016; por lo tanto, se justifica la realización de la presente tesis. b) El problema de investigación es vulnerable, es decir, porque se obtuvo datos de campo a través de conocimientos, medios y recursos necesarios para obtener resultados claros y precisos que demuestra el problema de la unidad de análisis. 1.5.2. Práctica a) Lograr cumplir con la razón por la que existe el presupuesto de inversión, mediante la priorización de proyectos de inversión con el fin de ser retribuidos según las necesidades en base al Plan de Desarrollo Concertado de la provincia de Leoncio Prado, es decir a través de la culminación de las obras paralizadas en la Provincia de Leoncio Prado. 1.6. Delimitaciones 1.6.1. Teórica Los enfoques teóricos exigidos para el soporte de la tesis se sujetaron en aquellas fuentes en las que tuvimos acceso como son la Constitución Política del Perú, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su reglamento, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, informes del Órgano de Control, libros, y tesis relacionadas al problema de investigación. 1.6.2. Espacial La presente tesis fue de dimensión local, toda vez que la unidad de análisis está ubicada en el Distrito de Rupa Rupa, en la Provincia de Leoncio Prado y Departamento de Huánuco. 7 1.6.3. Temporal En la ejecución de la tesis se realizó con datos históricos del año 2011 al 2016, se ejecutó iniciando el 22 de febrero del 2017 y concluyendo posiblemente en diciembre del 2018; por la naturaleza de los datos entre 2011 y 2016 fue de tipo longitudinal. 1.7. Metodología 1.7.1. Tipo de investigación El tipo de investigación que se utilizó es Aplicada. Se encuentra ligada a la investigación pura, ya que depende de sus descubrimientos y aportes teóricos. Busca confrontar la teoría con la realidad. Es el estudio y aplicación de la investigación a problemas concretos, en circunstancias y características concretas. Esta forma de investigación se dirige a su aplicación inmediata y no al desarrollo de teoría (Tamayo, 2003, p.43). 1.7.2. Población y muestra a) Determinación de la población En la ejecución de la tesis se consideró el número total de (03) tres proyectos de inversión pública mayores (costo de inversión mayor a S/. 1´200,000.00) del periodo 2011 al 2016, en las cuales su ejecución física se encuentra en estado paralizado. En este contexto, estaría constituido de la siguiente manera: 8 Tabla 1. Estado situacional de los proyectos de inversión pública mayores del 2011-2016 de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado Código Denominaci ón Presupuesto Asignado (s/.) Documento de aprobación del expediente técnico Aprobación de la reformulaci ón del expediente técnico. / actualizació n de precios del expediente técnico Estado situacional SNIP Presupuestal Documento de transferencia de partidas financieras del Estado Inicio de obra Fecha de parali zación Monto contra ctual Avance físico Saldo físico Avance financiero Saldo financiero S/. % S/. % S/. % S/. % 15017 9 2136168 Ampliació n y Remodelac ión del Mercado Modelo de Tingo María [...]. 9,524,321.00 Ejecución de obra: D.U. 054-2011- 19/09/2011. R.A 1058- 2011- MPLP del 17/11/2011 . R.A 1052- 2012- MPLP del 08/11/2012 02/12/ 2012 21/11/ 2014 11,110 ,500.0 0 2,19 6,70 4.28 19.7 7 8,913 ,795.7 2 80. 23 4,82 1,79 7.28 43.4 0 6,28 8,70 2 .72 56.6 0 16,296.360.00 Ejecución del saldo de obra: R.M. 619-2017- PRODUCE - 26/12/2017. R.A. 602- 2017- MPLP- 29/09/2017 . R.A. 554- 2018- MPLP del 0808/2018 _____ _ _____ _ _____ _ ____ _ ____ _ _____ __ __ _ ____ _ ____ _ ____ _ ____ _ 67508 2079172 Ampliació n y Remodelac ión del Estadio[...]. 16,967,819.00 D.U. 054- 2011- 19/09/2011. R.A 543- 2010- MPLP del 16/08/2010 R.A 0575- 2012- MPLP del 20/06/2012 25/08/ 2012 12/08/ 2013 18,315 ,219. 97 5,75 9,37 7.27 31.4 5 12,555 ,842.7 0 68. 55 11,9 65,3 33.2 1 65.3 3 6,34 9,88 6.76 34.6 7 23468 2079224 Ampliació n y Mejoramie nto del Sistema Integral de Agua [...]. 42,598,532.00 D.S. 110- 2011-EF - 18/06/2011. R.A 871- 2010- MPLP del 19/12/2010 . R.A 397- 2011- MPLP del 09/05/2011 12/08/ 2012 01/06/ 2013 82,652 ,378.4 3 5,73 3,28 5.84 6.94 76,919 ,092.5 9 93. 06 35,3 38,8 64.7 3 42.7 6 47,3 13,5 13.7 0 57.2 4 Fuente: Elaboración Propia. 9 b) Tamaño de muestra Se determina la muestra de la siguiente forma: 𝒏 = 𝑵 ∗ 𝒁𝟐 ∗ 𝒑 ∗ 𝒒 𝒆𝟐(𝑵 − 𝟏) + 𝒁𝟐 ∗ 𝒑 ∗ 𝒒 Donde: 𝑁 = 𝑃𝑜𝑏𝑙𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑛 = 𝑡𝑎𝑚𝑎ñ𝑜 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝑚𝑢𝑒𝑠𝑡𝑟𝑎 𝑍 = 𝑁𝑖𝑣𝑒𝑙 𝑑𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑓𝑖𝑎𝑛𝑧𝑎 𝑝 = 𝑃𝑟𝑜𝑏𝑎𝑏𝑖𝑙𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑑𝑒 é𝑥𝑖𝑡𝑜 𝑞 = 𝑃𝑟𝑜𝑏𝑎𝑏𝑖𝑙𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑑𝑒 𝑓𝑟𝑎𝑐𝑎𝑠𝑜 𝑒 = 𝑀𝑎𝑟𝑔𝑒𝑛 𝑑𝑒 𝑒𝑟𝑟𝑜𝑟 Dando valores: 𝑁 = 3 𝑧 =95% Coeficiente = 1.96 𝑝=85% 𝑞 =15% 𝑒 =5% Reemplazando valores: 𝒏 = 3 ∗ 1.962 ∗ 0.85 ∗ 0.15 0.052(3 − 1) + 1.962 ∗ 0.85 ∗ 0.15 𝒏 = 𝟐. 𝟗𝟔𝟗𝟔𝟖𝟒𝟗𝟔𝟔 Resultó una muestra preliminar igual a tres. Para corregir el tamaño muestral se tomó en cuenta la siguiente condición: 𝑛 𝑁 < 0.05 ; 𝑛𝑜 𝑠𝑒 𝑐𝑜𝑟𝑟𝑖𝑔𝑒 𝑒𝑙 𝑡𝑎𝑚𝑎ñ𝑜 𝑑𝑒 𝑚𝑢𝑒𝑠𝑡𝑟𝑎. 𝑛 𝑁 > 0.05 ; 𝑠𝑒 𝑐𝑜𝑟𝑟𝑖𝑔𝑒 𝑒𝑙 𝑡𝑎𝑚𝑎ñ𝑜 𝑑𝑒 𝑚𝑢𝑒𝑠𝑡𝑟𝑎. 10 Luego fue aplicada al factor de corrección finito, mediante la fórmula siguiente: 𝑛1 = 𝑛 1 + (𝑛 − 1) 𝑁 Para el caso de la investigación: 2.969684966 3 = 0.99 > 0.05 ; 𝑠𝑒 𝑐𝑜𝑟𝑟𝑖𝑔𝑒 𝑒𝑙 𝑡𝑎𝑚𝑎ñ𝑜 𝑚𝑢𝑒𝑠𝑡𝑟𝑎 𝑛1 = 2.97 1 + (2.97 − 1) 3 𝒏𝟏 = 𝟏. 𝟗𝟖𝟗𝟖𝟗𝟒𝟗𝟖𝟗 Por lo tanto, el tamaño de muestra es: 𝒏 = 𝟐 , representa dos proyectos de inversión pública mayores. Obtenida la muestra se eligió de forma aleatoria mediante las balotas, que resultó en los siguientes proyectos de inversión mayores en estado paralizado: 1. Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco. 2. Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana del Distrito [...]. 1.7.3. Técnicas de recolección y tratamiento de datos. a) Fuentes, técnicas e instrumentos de recolección de datos  De las informaciones: Dividido en los siguientes niveles: Primer nivel: Se utilizó libros, periódicos, normas legales y aplicativos informáticos del estado: la plataforma del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado, Infobras - Contraloría General de la República, el 11 Sistema de Seguimiento de Inversiones – Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Sistema Integrado de Administración y Finanzas, entre otros. Segundo nivel: Los datos estadísticos sobre la ejecución del presupuesto de inversión proporcionados por las gerencias de Planeamiento y Presupuesto y de Infraestructura y Desarrollo Local de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado. Tercer nivel: Se obtuvo conocimientos e información de la Subgerencia de Logística encargada de llevar a cabo las contrataciones como consultorías y obras de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado de la gestión 2015- 2018. b) Técnicas Las técnicas empleadas fueron:  Sistematización bibliográfica y hemerográfica.  Análisis documental. c) Instrumentos Utilizados los instrumentos siguientes:  Fichas bibliográficas y hemerográficas.  Fichas de investigación. 1.7.4. Procesamiento y presentación de datos. Mediante el uso de los siguientes métodos de investigación: a) Generales - Histórico Este método permitió descubrir el comportamiento de los trabajadores del área de Planeamiento y Presupuesto, Logística y de Infraestructura y 12 Desarrollo Local frente a la ejecución de proyectos de inversión, destacando las causas y consecuencias, por lo que se considera que la idea de nuestras costumbres y formas de vida tienen su origen en nuestros antepasados. - Dialéctico Se utilizó este método, el cual nos permitió estudiar las leyes en general de desarrollo de la naturaleza, la sociedad y el pensamiento. - Comparativo Permitió estudiar y evaluar la gestión de los proyectos, en relación a los proyectos ejecutados por la municipalidad, además complementando con información que se obtendrá de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Infraestructura y Desarrollo Local y de la Subgerencia de Logística. b) Específicos - Inductivo Aplicado con el objetivo de determinar las conclusiones según los resultados de la investigación. - Analogía Con la aplicación de este método se investigó la unidad interna que existe entre cada factor a estudiar, así como el entorno de la unidad de análisis. - Matematización Permitió determinar los ingresos y gastos incurridos de los proyectos de inversión, relacionado a la unidad de análisis, u otros aspectos más que explican el problema en términos cuantitativos. 13 1.8. Limitaciones Las limitaciones halladas durante la ejecución de la tesis fueron no contar con suficiente información de antecedentes de investigación del objeto de estudio, y el difícil acceso a la información de las obras en estudio porque se encuentran en proceso de sanción de exfuncionarios, los cuales fueron superados. CAPÍTULO II FUNDAMENTO TEÓRICO 2.1. Antecedentes de la investigación 2.1.1. Internacionales Bellido (2013), tesis denominada “Análisis de eficiencia municipal: La Municipalidad de la Plata”, para el título de maestro en dirección de empresas en la Universidad Nacional de la Plata, Buenos Aires - Argentina, su objetivo es determinar los rangos de eficiencia que trabajan con datos de las ejecuciones presupuestales de los años 2007 al 2011, indica que cuando el presupuesto se destina a gastos corrientes, deja pocos fondos para las inversiones, ello significa un indicativo de ineficiencia. Dentro del marco teórico precisa que el objetivo primordial de la administración pública, ya sea en el nivel local, provincial o nacional, que consiste en brindar servicios a la población con eficacia y eficiencia. Por ende, refiere que la eficacia es la capacidad de lograr un objetivo; y la eficiencia es la capacidad de llegar a cumplir el objetivo con el menores recursos posibles y disponibles. 2.1.2. Nacionales Chura (2016), investigación titulada “Influencia de obras públicas ejecutadas en la gestión gubernamental de la Municipalidad Distrital de Ácora” , tesis para optar el título de Contador Público en la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, Ácora – Puno, establece como objetivo el analizar la influencia de las obras públicas ejecutadas en la gestión de la Municipalidad Distrital de Ácora, en el 2013. La investigación arribó que la ejecución presupuestal influye significativamente en la situación que se encuentran las obras ejecutadas por la gestión de la Municipalidad 15 Distrital de Ácora, 2013; además que el manejo de los expedientes técnicos influye significativamente en la situación de las obras ejecutadas por la gestión gubernamental de la Municipalidad Distrital de Ácora, a la vez concluye que el manejo del cuaderno de obras influye significativamente en la situación de las obras ejecutadas por la gestión municipal. Gutierrez (2017), tesis denominada “La ejecución de obras públicas y su relación con el cumplimiento de la normativa que rige su procedimiento en la municipalidad de Lampa, Puno; 2012 - 2014”, para optar el título de maestro en gestión pública y gobernabilidad, establece el objetivo de determinar si hay una relación directa entre la modalidad de ejecución, con la cual se decida realizar una obra pública en la gestión de la Municipalidad Provincial de Lampa, Puno; periodo: 2012 - 2014 y el nivel de cumplimiento de las normas que rigen su procedimiento constructivo. Para lo cual, concluyen de esta manera que existe una relación directa significativa entre la modalidad de ejecución con la cual se decida realizar una obra en la Municipalidad Provincial de Lampa, periodo: 2012 - 2014 y el nivel de cumplimiento de las normas del procedimiento constructivo, esta afirmación se sustenta al realizar la prueba de hipótesis Chi-Cuadrado a un nivel de significancia de 5% con 2 grados de libertad cuyo resultado es X 2 c = 7,8113 > X 2 t = 5,9915, asimismo el valor de significancia fue: pt = 0,021 y siendo este menor a ∞ = 0,05, entonces, sí hay una relación directa entre las variables especificadas en la investigación. Palacios (2013), investigación titulada “El presupuesto participativo basado en resultados como instrumento para la toma de decisiones en la asignación y ejecución del presupuesto de inversiones de la Municipalidad Distrital de Casa Grande, 2012” , tesis para optar el título profesional de economista con mención en 16 Finanzas en la Universidad Privada Antenor Orrego, Trujillo, cuyo objetivo es analizar si el presupuesto participativo basado en resultados de la Municipalidad Distrital de Casa Grande contribuye a mejorar la asignación y ejecución del presupuesto de inversiones del año 2012. Concluye que, al analizar la eficacia y efectividad del presupuesto de inversiones de la Municipalidad Distrital de Casa Grande, busca medir el grado de cumplimiento de los objetivos y metas del presupuesto participativo en la población beneficiaria, en el 2012; y los resultados planificados en el tiempo y con los costos más razonables. Es por ello que, la municipalidad bajo ningún concepto el presupuesto participativo debe analizarse como un hecho aislado puesto que junto con el plan de desarrollo concertado forman parte de un proceso mayor: la articulación del proceso de planeamiento del desarrollo concertado y el presupuesto público del país. 2.1.3. Locales Allpas (1995), investigación de la “Incidencia del uso inadecuado de los presupuestos en la administración gubernamental de Tingo María”, para alcanzar el título de Contador Público de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, Tingo María, su objetivo es determinar los elementos de juicio para plantear las alternativas que permitan alcanzar un adecuado manejo del proceso presupuestario compatible con la actual realidad de las entidades públicas de Tingo María. La tesis arribó que las constantes indiferencias a los problemas administrativos que se producen en las entidades estatales generan una inadecuada utilización del presupuesto por falta de una eficaz estructura organizacional de carácter empresarial. Los problemas administrativos surgen por las improvisaciones, presiones, influencia e interferencias políticas y grupos de poder. Las entidades públicas de Tingo María carecen de una eficiente planificación que oriente y guie la formulación de los presupuestos, así 17 como la formulación del cuadro de necesidades. El incumplimiento de los fines del presupuesto en las entidades estatales se genera por la deficiencia de su manejo, abandono de los programas de desarrollo, falta de racionalidad en los gastos e incumplimiento de las demandas sociales. Recomienda que, para corregir las deficiencias e indiferencias administrativas, las entidades gubernamentales deben implementar una política de capacitación y evaluación del servidor público, iniciando por el nivel directivo, paralelamente de una reorientación y definición de los fines y misión que cumple en la sociedad. Asenjo (2011), tesis sobre “El proceso de planificación como herramienta de gestión para optimizar la ejecución de proyectos de inversión en la UNAS , 2011” , para optar el título de licenciado en administración en la Universidad Nacional Agraria de la Selva, Tingo María, cuyo objetivo fundamental fue conocer la razón que origina la culminación fuera del presupuesto y tiempo programado de los proyectos de inversión en la Universidad Nacional Agraria de la Selva y recomendar la aplicación de herramientas de gestión de proyectos que cuenten con los elementos metodológicos que logre realizar proyectos exitosos. Arribó a las siguientes conclusiones, como consecuencia de la falta de planificación en los proyectos, genera un alto grado de incertidumbre, es decir, no se conoce claramente cuál es el alcance del proyecto, los recursos disponibles en cuanto a oportunidad y cantidad, el tiempo de ejecución del proyecto y como consecuencia la falta de justificación en la asignación del presupuesto. Todos estos puntos son importantes a la hora de hacer los estimados, porque sobre éstos se basará el sistema de control del proyecto. A su vez que, la designación de los jefes de la oficina encargada de gerenciar las inversiones en la universidad, carecen de competencias por lo que, los proyectos no son gestionados de acuerdo a procedimientos ni estándares establecidos y que 18 posteriormente repercuten en la calidad del mismo; lo que se pudo determinar mediante la revisión documental de los files personales de los jefes que ha tenido la Oficina de Ingeniería y Mantenimiento pudiendo identificarse que en su mayoría éstos no tienen experiencia y/o actualizaciones en gerencia de proyectos. Se debe tener en cuenta que, al aumentar el tiempo de duración del proyecto, la programación genera el incremento en los costos; es decir, al ampliarse el periodo de duración de un proyecto esto va a generar el incremento de horas-hombre, horas máquina y recursos, lo que trae como resultado el incremento del costo del proyecto en relación a la programación e incluso la insatisfacción de los grupos de interés como resultado de los retrasos que aplazan la fecha de finalización. No se puede realizar una evaluación real de los proyectos ejecutados, debido a las ampliaciones presupuestales que se solicitan durante el proceso de ejecución de los proyectos y a las actualizaciones de los expedientes técnicos con un 10% de desviación que se realizan en la universidad. 2.2. Bases teóricas a) Municipalidad La Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, se creó mediante Decreto Supremo 111 el 01 de octubre de 1952, según artículo IV del título preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, tiene como finalidad “representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”. Conforme al artículo. 10 del título preliminar del Reglamento de Organización y Funciones de la municipalidad , tiene como objetivos: contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población; optimizar la gestión administrativa del gobierno local para brindar servicios de calidad; 19 promover el acondicionamiento y uso racional del espacio y los recursos en defensa del medio ambiente y la biodiversidad y crear condiciones para mejorar la producción y productividad agrícola, pecuaria e industrial e impulsar la educación como fin supremo de desarrollo del hombre y la sociedad . b) Gestión municipal La idea de un nuevo enfoque de gestión pública es que la administración pública debe mejorar y superar la visión burocrática que tiene y de esta manera introducir una administración pública gerencial que da mayor relevancia a los principios de competitividad y eficiencia (Osborne y Gaebler, 1994). Además, Arnao (2002) plantea la necesidad de potenciar la gestión municipal, en el cual, las entidades del sector público sobre todo del gobierno central y del sector privado están liderando propuestas y políticas vinculadas con el fortalecimiento de la capacidad de gestión municipal, deberán realizar un trabajo asistido que implique la participación activa del recurso humano municipal, para contribuir a diseñar y perfeccionar los instrumentos de gestión municipal, pues es elevada la probabilidad de que estas acciones fortalezcan las capacidades de regulación de la institución de gobierno local. Bajo ese contexto, señala que, en el ámbito social y económico, se espera que los planteamientos de la propuesta de asignación y control del gasto municipal, dentro de sus condiciones, que el gobierno debe mejorar la calidad del gasto público, abarcando a todas las entidades públicas. Sugiere a que se identifique correctamente cuales son los proyectos prioritarios a ejecutar, así como a aumentar el monto del gasto de capital en el gasto público, para una adecuada asignación de los fondos públicos a las municipalidades y el fortalecer la capacidad de gestión de las mismas. El distribuir con equidad los recursos, tomando en cuenta la misión institucional, así 20 como el bienestar de los pobladores, apoya positivamente el proceso de descentralización y desarrollo social. La gestión de una obra pública es la aplicación de habilidades, conocimientos y técnicas a las actividades desarrolladas durante una obra pública con el fin de cumplir los objetivos del mismo, es por ello que una buena gestión de obra pública debe trabajar con eficacia, eficiencia, economía y legalidad (Lozano, 2012). La entidad debe basar sus funciones en el inciso a), artículo 2, título I del Decreto Supremo 142‐2009‐EF, que aprueba el Reglamento de la Ley 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, detalla que los talleres de trabajo citados por los presidentes regionales y alcaldes es con el fin de identificar desde una visión temática y territorial las necesidades de la provincia, así como también priorizar los proyectos de inversión, para ser considerados en el presupuesto participativo. En el artículo 73, capítulo I, título V de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala: “[...] promover, apoyar y ejecutar proyectos de inversión y servicios públicos municipales que presenten, objetivamente, externalidades o economías de escala de ámbito provincial” c) Promoción de desarrollo económico local En el artículo VI del título preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales promueven el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa, a través de planes de desarrollo económico local aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; así como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones. 21 Figura 1. Ciclo del proyecto de inversión pública Según otra fuente, es necesario precisar que conjuntamente con el suelo, la infraestructura y la vivienda, el equipamiento es uno de los componentes urbanos primordiales en los asentamientos humanos, por su gran aporte en lo social y económico, y trabajar para el bienestar de la comunidad y el desarrollo en las actividades productivas. (Consultoría y Gestión Urbana y Ambiental, 2018) d) Proyecto de inversión pública (PIP) Debe formar parte de una solución a un problema vinculado a su finalidad, objetivos y competencias de una entidad. Su ejecución puede hacerse en más de un ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de ejecución de pre inversión, según lo expuesto en el segundo párrafo, numeral 3.2 del artículo 3 de la Directiva 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública. En el ciclo del proyecto, el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), tiene por objeto establecer las normas técnicas, métodos y procedimientos necesarios, como se aprecia a continuación: Fuente: Directiva 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública. 22 e) Vida útil del proyecto De conformidad a la Directiva 002-2016-EF/51.01 “Metodología para el reconocimiento, medición y registro de los bienes de propiedades, planta y equipo de las entidades gubernamentales”, en la cuarta definición del numeral 4, señala la vida útil es el periodo de tiempo, por el cual el activo se espera que sea utilizado por la entidad, o el número de unidades de producción o similares que la entidad espera obtener del activo. Según Directiva 002-2014-EF/51.01 sobre “Metodología para la modificación de la vida útil de edificios, revaluación de edificios y terrenos, identificación e incorporación de edificios y terrenos en administración funcional y reclasificación de propiedades de inversión en las entidades gubernamentales” aprobada por la Dirección General de Contabilidad Pública, detalla en el numeral 4 que, la vida útil de un activo variará según el propósito para el cual trabaje el activo, su nivel de utilización, la naturaleza y el número de mantenimiento y los factores climáticos. f) Presupuesto público En el numeral 26.1 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto dice: “el crédito presupuestario se destina, exclusivamente, a la finalidad para la que haya sido autorizado en los presupuestos [...], y en su numeral 41.1: a) Los grupos genéricos de gasto podrán ser objeto de anulaciones: si luego de haberse cumplido el fin para el que estuvieron previstos generan saldos [...]. En el numeral 11.1 del Decreto de Urgencia 054-2011 “Establecen medidas excepcionales para agilizar la ejecución de proyectos de inversión pública y otras medidas”, señala que “los recursos del crédito suplementario a que hace 23 referencia el artículo 9 del presente dispositivo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados”. Según Decreto Supremo 008-2012-EF, otorga crédito suplementario para garantizar que continúe la ejecución de los proyectos de inversión en el periodo 2012. g) Expediente técnico de obra De acuerdo a la normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública, para la elaboración del expediente técnico se deberán tener en cuenta los parámetros técnicos establecidos durante la fase de preinversión. Tomar en consideración para las posteriores contrataciones que desde el 09 de enero del 2016 es de aplicación el Reglamento la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo 350-2015-EF, según numeral 41.2 del artículo 41 indica que es requisito para la convocatoria de procedimientos de selección para la contratación de ejecución de obra, contar con el expediente técnico y la disponibilidad física del terreno, salvo que, por las características de la obra, se permita entregas parciales del terreno , además según numeral 41.1 del artículo 41 , son requisitos el estar incluido en el Plan Anual de Contrataciones, contar con el expediente de contratación aprobado, haber designado al comité de selección cuando corresponda, y contar con los documentos del procedimiento de selección aprobados que se publican con la convocatoria. En el artículo 13 del Decreto Supremo 350-2015-EF, señala: [...] El valor referencial se determina conforme a lo siguiente: 1. En la contratación para la ejecución de obras, corresponde al monto del presupuesto de obra establecido en el expediente técnico de obra aprobado 24 por la entidad. Para obtener dicho monto, la dependencia de la entidad o el consultor de obra que tiene a su cargo la elaboración del expediente técnico debe realizar las indagaciones de mercado necesarias que le permitan contar con el análisis de precios unitarios actualizado por cada partida y subpartida, teniendo en cuenta los insumos requeridos, las cantidades, precios o tarifas; además de los gastos generales variables y fijos, así como la utilidad. h) Obra pública Tiene su origen en la necesidad del Estado de proporcionar la infraestructura necesaria para que se mantenga o mejore el nivel de vida de la población, siendo ello uno de sus principales roles. Deben ser prioritarias con el fin de aportar al desarrollo y bienestar social, ya que toda infraestructura pública genera mayor economía en cada lugar de nuestro país. (Lozano, 2012) En nuestro ámbito, se realizó el proceso de selección para la contratación de ejecución de la obra “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco”, bajo el Decreto de Urgencia 054 (2011), establece en el artículo 1, las medidas excepcionales para agilizar la ejecución de proyectos de inversión pública y otras medidas. De aplicación para las entidades del Estado que requieran contratar la ejecución de obras, siempre que cumplan con las siguientes condiciones: i) Los proyectos hayan sido declarados viables, en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, y ii) Corresponda a una licitación pública conforme a la Ley 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2011, y su valor referencial no sea mayor a S/. 15,000,000,00 (S/. Quince millones y 00/100 nuevos soles). El proceso de selección establecido en el Decreto de Urgencia 054-2011 y, por ende, en las respectivas bases, sólo serán utilizadas hasta el 31 25 de marzo de 2012. Conforme a la primera disposición complementaria final del Decreto de Urgencia 054-2011, en todo lo no regulado en el citado Decreto de Urgencia será de aplicación supletoria lo establecido en el Decreto Legislativo 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 184-2008-EF y sus modificatorias. Además, en su numeral 11.1 del artículo 11, señala que “los recursos del crédito suplementario a que hace referencia el artículo 9 del presente dispositivo, no podrán ser destinados bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados”. La obra “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa”, se llevó a cabo en aplicación al Decreto Legislativo 1017 (2008): En su inciso b) del artículo 20, señala que están exoneradas de los procesos de selección las contrataciones que se realicen ante una situación de emergencia derivada de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o que afecten la defensa y seguridad nacional. El reglamento establecerá las formalidades, condiciones y requisitos complementarios en los artículos del 21 al 24, Capítulo II del Decreto Legislativo 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y en concordancia al capítulo XIII del Decreto Supremo 184- 2008-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo 1017, Ley de Contrataciones del Estado. La ejecución de la obra pública, se regula por la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado y modificatoria, en el artículo 1: La presente Ley tiene por finalidad establecer normas orientadas a maximizar el valor de los recursos del estado que se invierten y se promuevan bajo una gestión por resultados en 26 las diversas contrataciones, para que se den en el momento oportuno. En concordancia con el numeral 6, artículo 7 y capítulo II de la Ley 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, todo servidor público debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su función pública. Deben basarse en los principios de la contratación pública, como principalmente en el inciso f) eficacia y eficiencia del artículo 2 de la Ley de Contrataciones del Estado. Las características de ejecución de obras públicas, tiene factores que describen a todo proceso, están orientados a crear valor para los ciudadanos, dar respuesta a la misión del gobierno regional [...] (Lozano, 2012, p.115). Dado de la siguiente forma: Figura 2. Proceso de ejecución de obras públicas. Fuente: Lozano, Edson. La eficiencia en la ejecución de obras públicas: tarea pendiente en el camino hacia la competitividad regional, un enfoque desde el control gubernamental - Revista TCEMG 2012.p.116 i) Supervisor de obra Según el Decreto Supremo 184-2008-EF, aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo 1017, Ley de Contrataciones del Estado, en el segundo párrafo del artículo 190: “[...] el supervisor será una persona natural o jurídica especialmente contratada para dicho fin. En el caso de ser una persona jurídica, ésta designará a una persona natural como supervisor permanente en la obra” 27 [...]. El artículo 193, precisa las funciones del supervisor: “La Entidad controlará los trabajos efectuados por el contratista a través del supervisor, quien será el responsable de velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la obra y del cumplimiento del contrato [...]”; conforme a la oportunidad del pago , se establece en el artículo 180: “Todos los pagos que la Entidad deba realizar a favor del contratista por concepto de los bienes o servicios objeto del contrato, se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación [...]”. Además, en el Decreto Legislativo 1017, Ley de Contrataciones del Estado, en el artículo 47, señala: la entidad supervisará directamente o a través de terceros, todo el proceso de ejecución, para lo cual el contratista deberá ofrecer las facilidades necesarias. En virtud de ese derecho de supervisión, la Entidad tiene la potestad de aplicar los términos contractuales para que el contratista corrija cualquier desajuste respecto del cumplimiento exacto de las obligaciones pactadas y en el artículo 49: Los contratistas están obligados a cumplir cabalmente con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que hayan aportado adicionalmente en el curso del proceso de selección o en la formalización del contrato. Respecto, a las valorizaciones y metrados, según el artículo 197 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante D.S. 184-2008-EF, indica que: “[...] en el caso de las obras contratadas bajo el sistema a suma alzada, durante la ejecución de la obra, las valorizaciones se formularán en función de los metrados ejecutados contratados con los precios unitarios del valor referencial, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos 28 generales y utilidad del valor referencial [...]. Los metrados de obra ejecutados serán formulados y valorizados conjuntamente por el contratista y el inspector o supervisor, y presentados a la Entidad dentro de los plazos que establezca el contrato. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorización conjunta con el contratista, éste la efectuará. El inspector o supervisor deberá revisar los metrados durante el período de aprobación de la valorización. [...]. A partir del vencimiento del plazo establecido para el pago de estas valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tendrá derecho al reconocimiento de los intereses legales, de conformidad con los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Para el pago de los intereses se formulará una valorización de intereses y se efectuará en las valorizaciones siguientes. J) Comité de selección En la contratación de ejecución del saldo de la obra y consultoría de obra están contempladas en el artículo 22, capítulo II del Decreto Supremo 350-2015-EF que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que el órgano a cargo de los procedimientos de selección se encarga de la preparación, conducción y realización del procedimiento de selección hasta su culminación. Los procedimientos de selección pueden estar a cargo de un comité de selección o del órgano encargado de las contrataciones. k) Bases administrativas del proceso de selección para elaboración del expediente técnico del proyecto de inversión pública “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa” En el capítulo VI de la sección específica de dichas bases: 29 Numeral 10. Planteamiento y formulación del expediente técnico. El estudio definitivo comprende los aspectos siguientes: [...] Numeral 10.2. Consolidación y plan de trabajo definitivo [...] En esta etapa deberá realizarse toda la gestión y coordinaciones necesarias a fin de lograr la disponibilidad de los terrenos para la construcción de la infraestructura sanitaria proyectadas tales como captaciones y reservorios proyectados. Se requieren los estudios básicos de ingeniería (estudio de fuentes y caracterización de aguas residuales, topografía, geología y mecánica de suelos). En esta etapa el consultor deberá presen tar como mínimo: 1. Replanteo de los sistemas existentes tanto de los sistemas de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad y telefonía con el número mínimo indispensable de puntos de verificación en campo (piques) y la presentación de planos indicativos necesarios. 2. Estudio de topografía al detalle. 3. Estudio de fuentes de agua potable. 4. Memoria descriptiva y planos de ubicación y linderos de los terrenos previstos para la construcción de las obras de infraestructura. Numeral 11. Informes y lineamientos de presentación Informe 03 (proyecto básico) Proyecto básico: A los 75 días calendario del inicio del estudio. Este informe deberá contener: 30 - Proyecto básico de la primera etapa de diseño con el dimensionamiento y el detalle hidráulico de todas las unidades y componentes de los sistemas proyectados, planos en planta, cortes, perfiles, memoria descriptiva y metas físicas de las obras. Numeral 6 del anexo A – Estudios básicos requeridos: 6. ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL [...] Para la elaboración del EIA, se deberá contar con una empresa consultora registrada ante la Oficina de Medio Ambiente (OMA) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). La empresa consultora, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 17 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del MVCS referido a la Clasificación Ambiental de Proyectos y Aprobación de los Términos de Referencia del EIA [...]. El Consultor debe obtener, en cualquier caso, la opinión favorable de la Dirección Nacional de Saneamiento del Estudio de Impacto Ambiental, lo que forma parte del servicio prestado por el consultor. l) Nulidad de oficio del procedimiento de selección En el artículo 44 de la Ley de Contrataciones del Estado: El Tribunal de Contrataciones del Estado, en los casos que conozca, declara nulos los actos expedidos, cuando hayan sido dictados por órgano incompetente, contravengan las normas legales [...]. m) Peritaje de obra Según el Reglamento de la Ley de Contrataciones, las controversias que surjan durante la ejecución contractual serán resueltas mediante conciliación y/o arbitraje. Si las controversias estuvieran referidas a la adecuación que debe 31 existir entre las características del bien entregado y/o servicio prestado por el contratista a la Entidad y las especificaciones técnicas o términos de referencia contenidos en la ficha técnica respectiva, las partes podrán conciliar en función al dictamen pericial que emita el perito designado de común acuerdo por ellas. n) Función Pública En el artículo 3 del capítulo I de la Ley 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, los fines de la función pública son el Servicio a la Nación, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política, y la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, conforme a lo dispuesto por la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. También, en el numeral 5, artículo 7 del capítulo II de la Ley 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, señala que un deber del funcionario público es el uso adecuado de los bienes del Estado: Debe proteger y conservar los bienes o recursos del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignados para el desempeño de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los recursos del Estado para usos particulares o propósitos que no sean aquellos para los cuales han sido enviados. Además, en el numeral 6, artículo 7 del capítulo II de la Ley 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, menciona que el comité de selección debió demostrar responsabilidad al desarrollar sus funciones, de forma cabal e integra aplicando lo estipulado en las normativas según corresponda. 32 Según el artículo 9, capítulo I del título IV del Decreto Supremo 033-2005-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, menciona las sanciones que pueden ser: amonestación, suspensión, multa de hasta 12 unidades impositivas tributarias – UIT, resolución contractual, destitución o despido. Las sanciones antes mencionadas se aplicarán atendiendo a la gravedad de las infracciones como: - Infracciones leves: Amonestación, suspensión y/o multa. - Infracciones graves: Resolución contractual, destitución, despido y/o multa. Además, en el artículo 11, capítulo I del título IV del Decreto Supremo 033- 2005-PCM, señala: La aplicación de las sanciones se efectuarán de acuerdo al vínculo contractual que los empleados públicos mantengan con las entidades de la Administración Pública, de conformidad con lo siguiente: 11.1. Las sanciones aplicables a aquellas personas que mantienen vínculo laboral: a) Amonestación. b) Suspensión temporal en el ejercicio de sus funciones, sin goce de remuneraciones, hasta por un año. c) Destitución o Despido. 11.2. Las sanciones aplicables a aquellas personas que desempeñan función pública y que no se encuentran en el supuesto del inciso anterior: a) Multa. b) Resolución contractual. En el artículo 12, capítulo I del título IV del Decreto Supremo 033-2005-PCM, a la letra dice: Si al momento de determinarse la sanción aplicable, la persona responsable de la comisión de la infracción ya no estuviese desempeñando función pública, la sanción consistirá en una multa. 33 Según numeral 10.3, artículo 10 del capítulo IV de la Ley 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, las sanciones aplicables por la transgresión del presente código no eximen de las responsabilidades administrativas, civiles y penales establecidas en la normatividad. Se complementa con la novena disposición final de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, que define las responsabilidades administrativa funcional, civil y penal: 2.3. Definiciones de términos básicos a) Expediente técnico de obra Es el conjunto de documentos que comprende: memoria descriptiva, especificaciones técnicas, planos de ejecución de obra, metrados, presupuesto de obra, fecha de determinación del presupuesto de obra, valor referencial, análisis de precios, calendario de avance de obra valorizado, fórmulas polinómicas y, si el caso lo requiere, estudio de suelos, estudio geológico, de impacto ambiental u otros complementarios. (D.S. N° 184-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, 2009, numeral 24 del Anexo de Definiciones) b) Gestión municipal Son las acciones y actividades mediante las cuales las entidades públicas puedan llegar al logro de sus objetivos y metas, las mismas que se encuentran sujetas a las políticas gubernamentales del país, asimismo para conseguir esto se debe contar con personal calificado que pueda resolver los problemas antes situaciones difíciles (Lozano, 2012). 34 c) Municipalidad Es una entidad básica de la organización territorial del Estado y canal inmediato de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Son órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. (Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, 2003, articulo I del título preliminar) d) Obra Es la construcción, reconstrucción, remodelación, demolición, renovación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos. (D.S. N° 184-2008-EF, 2009, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, numeral 33 del Anexo de Definiciones) e) Plan de desarrollo concertado Documento orientador del desarrollo regional o local y del proceso del presupuesto participativo, que contiene los acuerdos sobre la visión del desarrollo y objetivos estratégicos de la comunidad en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. (Decreto Supremo 142‐2009‐EF, Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, 2009, inciso d) del artículo 2) 35 f) Presupuesto por resultados Es una metodología que se aplica progresivamente al proceso presupuestario y que integra la programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto, en una visión de logro de productos, resultados, uso eficaz y eficiente de los recursos del Estado a favor de la población, retroalimentando los procesos anuales de asignación del presupuesto público y mejorando los sistemas de gestión administrativa del Estado. (Ministerio de Economía y Finanzas, 2018) g) Proyecto de inversión Toda intervención limitada en el tiempo que utiliza total o parcialmente recursos públicos, con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar o recuperar la capacidad productora de bienes o servicios; cuyos beneficios se generen durante la vida útil del proyecto y éstos sean independientes de los de otros proyectos. (Directiva N° 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública , 2011, numeral 3.2 del artículo 3) h) Vida útil del proyecto Periodo durante el cual un proyecto de inversión pública es capaz de generar beneficios por encima de sus costos esperados. (Directiva N° 001-2011- EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública , 2011, numeral 27 del glosario de términos) CAPÍTULO III DEBILIDADES DE CONTROL EN LA GESTIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN 3.1. Incumplimiento de la normativa presupuestal en la contratación de la ejecución de obras 3.1.1. Resultados de la investigación a) Proyecto “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco” Los resultados de la información recopilada de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, a través del Informe 533-2015-CG/ORHC- EE que señala el Examen especial a la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, Huánuco denominado “Remuneraciones, bonificaciones y obras”, Periodo 01 de enero del 2007 al 31 de diciembre del 2013, detalla que se suscribió el contrato de ejecución de obra 003-2012-MPLP/TM el 12 de marzo del 2012, con un monto contractual de S/. 11,110,500.00. En el cual, el gobierno central transfirió S/. 9,524,321.00, la diferencia para completar el monto del contrato quedará sujeta a disponibilidad presupuestal y financiera para el año 2012. Se efectuaron pagos en la ejecución de la obra quedando un saldo disponible de S/. 7,222,221.00, detallado de la siguiente forma: 37 Tabla 2. Resumen del presupuesto y pagos efectuado Fuente: Aplicativo informático del SOSEM. Elaboración: Propia El cual realizaron transferencias al proyecto “Ampliación y Remodelación del Estadio IPD de Tingo María [...]”, solicitaron y formalizaron las modificaciones presupuestarias, en el nivel funcional programático, anulando S/. 5,129,278.00 de la meta 068 del proyecto: “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María [...]”, a favor de la meta 069 que corresponde al proyecto: “Ampliación y Remodelación del Estadio IPD de Tingo María [...]”, tal como se describe a continuación: Tabla 3. Modificaciones presupuestarias (Fuente de financiamiento: Recursos ordinarios) Fuente : Resoluciones de alcaldía 1011 y 1240-A-2012-MPLP. Elaborado por: Comisión auditora (responsable del examen especial antes mencionado). 38 Por lo que, el proyecto de “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María [...]”, quedo con un saldo de S/. 2,092,943.00, que resulta de los S/. 7,222,221.00 según la tabla 2 menos los S/. 5,129,278.00 precisado en la tabla 3. b) Proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana [...]” Solicitaron y formalizaron las modificaciones presupuestarias, en el nivel funcional programático, se efectuó la anulación de la meta 067 del proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable [...]” por S/.1,355,187.00 para habilitar a la meta 068 “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo [...]”, sin embargo, anularon S/.3,448,130.00 de la meta 068 a favor de la meta 067, por lo que la anulación neta realizada en favor de la meta 067 “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable [...]” , es de S/.2,092,943.00, mayor alcance a continuación : Tabla 4. Modificaciones Presupuestarias – Habilitaciones y Anulaciones (Fuente de financiamiento: Recursos ordinarios) Fuente: Resoluciones de alcaldía 1048 y 1102 -2012-MPLP. Elaborado por: Comisión auditora (responsable del examen especial antes mencionado). 39 Constataron que en la meta 67 no se llegó a utilizar dichos recursos, realizaron la anulación presupuestal y habilitaron en su integridad a la meta 69, se precisa en la tabla siguiente: Tabla 5. Modificaciones Presupuestarias – Habilitaciones y Anulaciones Fuente: Resoluciones de alcaldía 1048 y 1102 -2012-MPLP Elaborado por: Comisión auditora (responsable del examen especial antes mencionado). Finalmente, el presupuesto asignado para la ejecución del proyecto “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco”, fue destinado a aquellos recursos de manera definitiva a través de anulaciones y habilitaciones para la ejecución del proyecto de “Ampliación y Remodelación del Estadio IPD de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco” por el importe de S/. 7,222,221.00, expresado en la siguiente tabla sobre los ingresos y gastos incurridos: 40 Tabla 6. Resumen del presupuesto disponible y pagos efectuados del proyecto: "Ampliación y Remodelación del Estadio IPD de Tingo María” (Fuente de financiamiento: Recursos ordinarios) Detalle Monto (S/.) Ingresos (+) Recursos recibidos del proyecto del Mercado 7,222,221.00 (+) Recursos recibidos del Gobierno Central 4,645,890.00 Presupuesto Disponible 11,868,111.00 Menos: (Pagos realizados) (-) Adelanto directo otorgado contractual de S/.18,315,219.97) (3,663,043.99) (-) Adelanto para materiales otorgado monto contractual de S/.18,315,219.97) (7,326,087.99 (-) Valorizaciones de obra 1,2 y 3 (775,982.02) (-) Valorizaciones de la supervisión 1,2,3,4 y 5. (102,996.77) Saldo Disponible 0.23 Fuente: Decreto de Urgencia 054-2011, Resoluciones de alcaldía 1011,1048,1102 y 1240-A-2012-MPLP y comprobantes de pago de los años 2012 y 2013. Elaborado por: Comisión Auditora En el presente numeral se expuso el hallazgo identificado por la comisión auditora, que fue elevado al Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas del Procedimiento Administrativo Sancionador, que emitió la Resolución 0208-2018-CG/TRSA-Sala 1, con expediente 087- 2016-CG/INSC , siendo resultado del Informe de Control 533-2015- CG/ORCH del 21 de julio de 2015, denominado “Remuneraciones, Bonificaciones y Obras”, periodo de enero del 2007 a diciembre del 2013, emitido por la Oficina de Coordinación Regional Centro. En la resolución menciona que el Órgano Sancionador a través de la Resolución 001-087-2018-CG/SAN2 del 31 de julio de 2018, en base a lo señalado en el Informe de Pronunciamiento 01-2017-CG/INSC del 27 de 41 setiembre de 2017 emitido por el Órgano Instructor Centro, así como del análisis de los descargos presentados por los administrados, se impuso a los administrados apelantes, la sanción de inhabilitación para el ejercicio de la función pública. Mediante Resolución 0208-2018-CG/TRSA-Sala 1, resuelve declarar los recursos fundados a dos exfuncionarios implicados en el caso, e infundado a un exfuncionario sobre los recursos de apelación interpuestos contra la Resolución Nº001-087-2018-CG/SAN2, que impuso la sanción de inhabilitación para el ejercicio de la función pública. 3.2. Incumplimiento de funciones del supervisor en la ejecución de obra 3.2.1. Resultados de la investigación Los resultados obtenidos mediante la recopilación y revisión de la información proporcionada por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado es la siguiente: a) Ejecución de la obra “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco” Según el Informe de Auditoría 329-2016-CG/COREHC-AC, denominado “Auditoría de Cumplimiento a la Municipalidad sobre la Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado - Huánuco” que comprende el periodo del 01/02/2012 al 31/05/2015, dicha obra se adjudicó por el monto de S/. 11,110,500.00, otorgaron la buena pro consentida al Consorcio Tingo María, conformado por Vimce S.R.L., Kiswar Contratistas Generales S.A.C., Constructora las Cordilleras Contratistas S.A.C. y Proiinco S.A. Contratistas Generales, dicho informe de auditoría fue emitido por la Oficina Regional de Control de Huánuco, identificaron en la observación 42 4 que los funcionarios y el supervisor de obra, en la ejecución aprobaron valorizaciones de obra, en el cual dicho informe difiere del avance físico ejecutado, cuyo pago habría ocasionado un perjuicio económico de S/.127,275.12, es decir la entidad hubiera pagado por partidas no ejecutadas de la obra, representado en la tabla siguiente: Tabla 7. Partidas correspondientes a la Meta 2 valorizado en exceso. Por lo antes mencionado, resultó que ocasionaría un perjuicio económico de S/. 127,275.12, por el cual sugiere comunicar a la Procuradora de la entidad para que inicie las acciones correspondientes. Fuente: Informes de valorización de obra, expediente técnico reformulado y acta de inspección física a la obra. Elaborado por: Comisión auditora de la auditoría de cumplimiento. 43 La entidad posteriormente contrata el servicio de peritaje de la obra al Consorcio Leopardo, en el cual logró la aprobación del peritaje mediante Resolución de Alcaldía 344-2018-MPLP de fecha 25 de mayo del 2018, en su artículo primero determina un avance físico de 19.77% del monto del contrato, así como un saldo a favor de la entidad, según lo señalado a continuación: Tabla 8. Determinación del saldo a favor de la entidad Fuente: R.A. 344-2018-MPLP de fecha 25 de mayo del 2018. Además, resuelve en su artículo segundo, derivar el caso a Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la municipalidad, para el trámite pertinente sobre deslinde de responsabilidad administrativa, así como a la Procuraduría Pública Municipal, para las acciones legales (civil y penal). A la vez, el no usar adecuadamente los recursos del estado perjudica en el aspecto social al no garantizar la oportuna ejecución de la obra, de tal forma incumple el objeto del proyecto de construcción de una infraestructura de tres niveles del mercado modelo, que no permite resolver el problema de hacinamiento y falta de condiciones adecuadas para la práctica de actividades comerciales en los diferentes giros de un mercado, que se adecue a la necesidad de la población. 44 b) Ejecución de la obra “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final [...]” Mediante el Informe 1187-2014-CG/INPRO-EE, la obra en mención se adjudicó con el monto de S/. 82,652,378.43, cuyo postor ganador fue la empresa ALE CONTRATISTAS S.R.L., el cual fue objeto del examen especial que comprende el periodo desde 01 de enero del 2011 al 31 de marzo del 2014, realizado por la comisión auditora de la Oficina Regional de Control Huánuco, verificó que durante la ejecución contractual de la obra, los funcionarios encargados de velar por el cumplimiento del contrato de la normativa aplicable dieron su conformidad a las valorizaciones mensuales de obra presentadas por el contratista, que deben ser contemplados en el expediente técnico y pactados contractualmente, en el cual determinan la existencia del perjuicio económico al patrimonio de la municipalidad, ascendente a S/. 3,180,102.94 (incluido IGV) por pagos de trabajos no ejecutados en la obra, en base a la revisión de los documentos contenidos en el expediente técnico, que sustentan las valorizaciones 4,5,6,8,11,13 y 17 y de la visita de inspección física realizada a la obra por la comisión auditora y representantes de la municipalidad el 22 de julio del 2014. La supervisión por parte de la Subgerencia de Formulación y Ejecución de Proyectos , la Gerencia de Acondicionamiento Territorial y Ambiente , y la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Local, dieron conformidad a las partidas contenidas en los subpresupuestos: SP: Pozo tubular 4, reservorio 5, planta de tratamiento PTAR 1, dique de protección de planta de tratamiento PTAR 1 y planta de tratamiento PTAR 2, permitiendo que la 45 municipalidad por dichas valorizaciones asuma el pago de S/.3,180,102.94, según lo detallado a continuación: Tabla 9. Pagos irregulares por trabajos no ejecutados Fuente: Valorizaciones de obra y acta de inspección física del 22/07/2014. Elaborado por. Comisión Auditora del examen especial antes mencionado. Por lo antes mencionado, el factor de incumplimiento de funciones del supervisor de obra ocasionó un perjuicio económico de S/. 3,180,102.94, dicha información la comisión auditora remite a la entidad, recomendando poner en conocimiento a la Procuradora Pública de la entidad Por lo que, la municipalidad prosigue a contratar el servicio de peritaje de obra: “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana [...] ” como contratista al Consorcio Leopardo, mediante Contrato 011-2016- MPLP-TM de fecha 15 de marzo del 2016 a través del proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía 003-2016-MPLP-TM- derivada de la Adjudicación Directa Selectiva 012-2015- MPLP/TM, el cual mediante Resolución de Alcaldía 644-2016-MPLP de fecha 24 de noviembre del 2016, en el artículo primero aprueban el peritaje de la obra 46 en mención con una valorización financiera por S/.5,406,723.40, equivalente al avance físico de la obra de 6.54% del monto del contrato, además que se incurrió en un perjuicio económico de S/.17,943,351.47, se demuestra a continuación: Tabla 10. Monto cancelado a la empresa contratista de forma irregular Fuente: Resolución de Alcaldía 644-2016-MPLP de fecha 24 de noviembre del 2016. Posteriormente, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a través del Responsable de la Unidad de Gestión Territorial Programa Nacional de Saneamiento Urbano mediante Oficio 1058- 2017/VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.2, da a conocer a la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado que el coordinador de Asistencia Técnica de la Unidad de Gestión Territorial del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, ha efectuado la evaluación de la documentación presentada (peritaje de la obra), estableciendo observaciones, los cuales fueron puestos de conocimiento al Consorcio Leopardo mediante Oficio 0792- 2017-MPLP/A, a fin de que subsane las observaciones, por lo que el consorcio remitió el Informe Final del Peritaje con las aclaraciones de las observaciones, donde se detalla el real perjuicio económico, que asciende 47 a S/.21,119,582.19, en el cual la municipalidad remite las observaciones levantadas por el consorcio al Ministerio, quienes mediante Acta de Reunión de Seguimiento-Obras Paralizadas de fecha 28 de mayo de 2018, tiene por levantadas las observaciones , por lo que, la municipalidad procede a emitir la Resolución de Alcaldía 350-2018- MPLP de fecha 28 de mayo de 2018, que resuelve en el artículo primero modificar la parte considerativa de la Resolución de Alcaldía 644-2016-MPLP de fecha 24 de noviembre del 2016 que había aprobado el peritaje de obra, en cuanto a la observación 02 : se ha evidenciado que la Empresa Contratista ALE CONTRATISTA S.R.L. sobrevaloro 22 valorizaciones brutas, reajustes de precios con fórmula polinómica, deducciones de reajuste por adelante directo y de materiales , llegándose a pagar un exceso total de S/.17,943,351.47 , conforme a la tabla 10. El mismo que debe decir: Observación 02: Se ha evidenciado que la Empresa Contratista S.R.L., sobrevaloro 22 valorizaciones brutas, reajustes de precios con fórmula polinómica, deducciones de reajuste por adelanto directo y de materiales, llegándose a pagar un exceso total de S/. 21,141,864.85, demostrado en la siguiente tabla: Tabla 11. Perjuicio económico en contra de la entidad Fuente: Resolución de Alcaldía 350-2018-MPLP de fecha 28 de mayo de 2018. 48 Luego, la Procuradora Público Municipal mediante Carta 173-2018- PPM/MPLP de fecha 20 de agosto de 2018, evidencia que en la Resolución de Alcaldía 350-2018-MPLP de fecha 28 de mayo del 2018 existe discrepancia en su parte resolutiva de la observación 02, detalla que se pagó un exceso total de S/.21,141,864.85; sin embargo se muestra en dicho cuadro adjunto que resulta el monto de S/.21,119,582.19, por lo que, solicita que se corrija de oficio al existir error material, siguiendo el trámite respectivo emiten la Resolución de Alcaldía 628-2018-MPLP de fecha 21 de agosto del 2018, para rectificar la incongruencia de montos, en el cual debe decir: Observación 02: Se ha evidenciado que la Empresa Contratista S.R.L., sobrevaloro 22 valorizaciones brutas, reajustes de precios con fórmula polinómica, deducciones de reajuste por adelanto directo y de materiales, llegándose a pagar un exceso total de S/. 21,119,582.19 (Veintiún Millones Ciento Diecinueve Mil Quinientos Ochenta y Dos con 19/100), tal y como se muestra en la tabla 11. En efecto, el incumplimiento de funciones del supervisor en la ejecución de obra ocasionó que la municipalidad pague en exceso la suma de S/. 13,168,078.89 por partidas no ejecutadas de la obra, deducido entre el monto pagado por la entidad de S/. 18,901,364.73 que representa un avance físico de 22.87 % del monto contractual; y el monto que debió pagarse según peritaje de S/. 5,733,285.84 que equivale al avance físico de la obra de 6.94%. En el cual, resuelven en su artículo segundo encargar al Gerente Municipal, Gerente de Administración y Finanzas, Gerente de Infraestructura y Desarrollo Local y a la Procuraduría Pública Municipal en cumplimiento de la presente, para las acciones legales (civil y penal). 49 Además, las consecuencias en el aspecto social, debido al uso inadecuado de los recursos públicos destinados a la obra no logra beneficiar con la ejecución de la obra, por el cual permite el incremento de enfermedades gastrointestinales en la población de la zona urbana del Distrito de Rupa Rupa. 3.3. Deficientes expedientes técnicos de obras 3.3.1. Resultados de la investigación a) Ejecución de la obra: “Amplia1ción y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco” Se debió tomar en cuenta que el inicio del plazo de ejecución de la obra es a partir del día siguiente de que se cumplan las condiciones establecidas, excepto el numeral 4 del artículo184 del Reglamento de la Ley de Contrataciones. Por lo tanto, para el inicio del plazo de ejecución de la obra debió cumplir con las cuatro condiciones restantes; sin embargo, sucedió lo siguiente en: - La entrega del terreno o lugar de ejecución de la obra: Para contratar una obra por una entidad, debe tener el requisito de disponibilidad física del terreno. En el acta sobre entrega de terreno de fecha 26 de abril de 2012, se hizo constar que el terreno se encuentra ocupado por los comerciantes, quienes se negaron a desocupar por no haberse considerado en el expediente técnico el total de beneficiarios, el cual fue aprobado mediante Resolución de Alcaldía 1058-2011-MPLP de fecha 17 de noviembre del 2011, el terreno fue entregado el 10 de octubre del 2012; sin embargo, el contratista dentro de los quince días siguientes al vencimiento del 50 plazo para el cumplimiento de esta condición, no inició procedimiento de resolución del contrato conforme a lo previsto en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, ni tampoco solicitó el resarcimiento por daños y perjuicios, aún no habían designado al supervisor de obra y no entregaron el expediente técnico reformulado que forma parte de las bases integradas de la Licitación Pública 004-2011-MPLP/TM, bajo el ámbito del Decreto de Urgencia 054-2011, a pesar de haber sido aprobado el expediente técnico reformulado mediante Resolución de Alcaldía 1052-2012- MPLP de fecha 08 de noviembre de 2012 ; por incumplimiento de dichas condiciones ocasionó que la obra recién inicie el 02 de diciembre del 2012, habiendo suscrito el contrato de ejecución de obra el 12 de marzo del 2012. Posteriormente, la entidad convocó el 08 de mayo del 2018 el procedimiento de selección de Licitación Pública 001-2018-MPLP/TM para la ejecución del saldo de obra de “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco”, en el cual mediante Resolución de Alcaldía 461-2018-MPLP de fecha 13 de junio del 2018 volvió a declararse de oficio la nulidad del procedimiento de selección, retrotrayéndose hasta la etapa de la convocatoria debido al Oficio 108-2018-OCI-MPLP de fecha 05 de julio del 2018, emitido por el Jefe de Control Institucional de la Municipalidad, quien solicita adopción de medidas preventivas inmediatas, por el cual, el Gerente de Infraestructura y Desarrollo Local, como área encargada de absolver dichas observaciones y adopción de medidas preventivas a la actualización del 51 expediente técnico de la obra en estudio, se pronuncia mediante Informe 242-2018-GIDL- MPLP/TM de fecha 09 de julio del 2018, respecto a los hechos identificados que afectan dicho expediente y el normal desarrollo del procedimiento de selección y de la revisión: 1. Al análisis de precios unitarios del presupuesto, se advierte que la cantidad de cemento portland previsto no guarda relación con el estudio de diseño de mezclas, lo cual incrementa los costos del expediente técnico existiendo diferencia en la cantidad de cemento presupuestado contra lo realmente necesario según el estudio de diseño de mezclas, situación que podría generar un posible perjuicio económico a la entidad por S/. 140,546.76. 2. Así mismo, el OCI comunica que del análisis efectuado se advierte que 1.00 kg. de acero corrugado equivale a S/.2.974 (incluído IGV), no obstante, en el análisis de precios unitarios del expediente técnico actualizado se advierte que el costo de acero corrugado (sin IGV) es de S/.3.45 x kg., aplicando el IGV el costo asciende a S/. 4,071 x kg. advirtiéndose que existiría un costo en exceso ascendente a S/. 576,360.36 (incluido IGV). Por lo expuesto, son errores que configuran una causal de nulidad, según el artículo 44 de la Ley de Contrataciones del Estado. b) Ejecución de la obra: “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final [...] ” Según informe 1187-2014-CG/INPRO-EE, la obra en mención fue objeto del examen especial del periodo 01 de enero del 2011 al 31 de marzo del 2014, realizado por la comisión auditora de la Oficina Regional de Control 52 Huánuco, señala en su numeral 2 del capítulo II que, la municipalidad otorgó la conformidad del servicio y pagó por realizar el expediente técnico. Del análisis a la documentación correspondiente de la ejecución de la obra, en los informes emitidos por el supervisor de obra y residente de obra, el entonces Programa Agua Para Todos y la Dirección Nacional de Saneamiento del Ministerio de Vivienda , Construcción y Saneamiento, se ha evidenciado que advirtieron las deficiencias detectadas en la elaboración del expediente técnico :i) No contaba con parte de los planos necesarios para la ejecución de la obra; no obstante se había pactado contractualmente ,ii) Los terrenos destinados para la construcción de las estructuras del proyecto, no contaban con el saneamiento físico legal y, iii) El “Estudio de Impacto Ambiental”, no se encontraba aprobado por la Dirección Nacional de Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, tampoco se ajustaba a los requerimientos mínimos establecidos en las bases administrativas del mencionado concurso público para la elaboración del expediente técnico ; pese a ello, el expediente técnico fue aprobado mediante R.A. 871-2010- MPLP el 29 de diciembre de 2010, sin observación alguna. El estado situacional de los terrenos destinados para la ejecución de las estructuras contempladas en el expediente técnico de la obra, se mantienen inscritos a favor de terceros, tal como se indica: 53 Tabla 12. Propietarios del terreno donde se ejecutará la obra “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable [...]” Fuente: Tomo VIII del Expediente Técnico aprobado por R.A 871-2010-MPLP del 29/12/2010. Elaborado por. Comisión Auditora. La obra se inició sin contar con el debido saneamiento de los terrenos donde se construirán los componentes del proyecto, permitiendo que dure su ejecución durante 22 meses sin contar con el expediente técnico completo y el saneamiento físico legal de los terrenos. Las inconsistencias detectadas en el expediente técnico, referida a la falta de planos y demora de la municipalidad para obtener la libre disponibilidad de los terrenos para la ejecución de diversas estructuras de saneamiento, generó la aprobación de la ampliación de plazo 5 por 209 días calendarios, aprobada mediante Resolución de Alcaldía 1190-2012- MPLP de fecha 17 de diciembre del 2012. 54 Figura 3. Priorización del proyecto “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco” 3.4. Falta de priorización en la gestión de los proyectos de inversión pública 3.4.1. Resultados de la investigación. a) Proyecto “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo [...] ” Según la información proporcionada por el Aplicativo para el Seguimiento al Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo del pliego: Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, correspondiente al año 2010, el proyecto en mención a inicios es desarrollado a través de una agenda del proceso del presupuesto participativo, presentado como taller 04: priorización de proyectos, formalización de acuerdos y conformación del Comité de Vigilancia Ciudadana, que permitió determinar a través de los agentes participantes y el equipo técnico que el número que ocupa en prioridad es el quinto de 10 proyectos considerados en la gestión para su ejecución en el año 2010, según lo adjunto: Fuente: Aplicativo para el Seguimiento al Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo-2010. Ante ello, el estado en que se encontraba es con estudio de factibilidad aun no aprobado, según información registrada el 03 de julio del 2009; además, se visualiza que el proyecto no tiene financiamiento. Por ello, en la aprobación del acta de acuerdos y compromisos del presupuesto 55 participativo, que es generado en el taller realizado, señala primero los proyectos y acciones priorizados, y este proyecto lo consideran en la parte inferior mencionando: los proyectos prioritarios que no tienen un presupuesto y deberán ser tomados en cuenta para posteriores ampliaciones presupuestales o cambios en los proyectos recogidos anteriormente. Cabe resaltar, con información importante, que no priorizaron en la gestión respectiva, debido a que: - Se encuentra priorizado el proyecto desde el año 2010, la fecha de declaración de viabilidad es el 15 de diciembre del 2010, según ficha técnica de la obra. Logró su financiamiento el año 2011 mediante Decreto de Urgencia 054-2011 y durante el año 2012 mediante D.S. 008-2012-EF, autorizan crédito suplementario para la continuidad de proyectos de inversión pública. - Se inició la obra el 02 de diciembre del 2012 y se paralizó la ejecución de obra a partir del 13 de diciembre del 2014. Ha transcurrido aproximadamente 04 años que no inició la ejecución del saldo de la obra al 31 de diciembre del 2018 , en el cual el 15 de marzo del 2016, suscribieron el Contrato 012-2016-MPLP-TM sobre la contratación del servicio de peritaje de la obra en mención y hacia fines del 2018 se encontraba en la fase del procedimiento de selección de Adjudicación Simplificada 022-2018-MPLP-TM-1 derivada de la Licitación Pública 001-2018-MPLP-TM-Primera Convocatoria de la contratación de ejecución de obra: Ejecución del Saldo de la Obra “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María [...]”. En el cual, la no oportuna finalización del saldo de la obra, no permite cumplir el 56 objetivo del mencionado proyecto de mejorar las condiciones de comodidad, seguridad y salubridad de la población usuaria y comerciantes del Mercado Modelo de Tingo María. b) Proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana [...]” Según la información del Aplicativo para el Seguimiento al Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo, del pliego: Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del año 2009, el proyecto se desarrolló en la agenda del proceso del presupuesto participativo “priorización de proyectos y formalización de acuerdos”, en el cual determinan a través de los agentes participantes y equipo técnico, resultando que es la quinta prioridad de 16 proyectos para su ejecución en el año 2009, como se puede apreciar: Fuente: Aplicativo para el Seguimiento al Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo-2009. Pero, ante ello, el estado en que se encuentra es con estudio de factibilidad aun no aprobado, según información registrada el 05 de agosto del 2008 y con fecha de actualización el 26 de setiembre del 2008; además se visualiza que el proyecto no tiene financiamiento. Por ello, en la aprobación del acta de acuerdos y compromisos del presupuesto Figura 4. Priorización del proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana [...]” 57 participativo, según Resolución Directoral 021-2018-EF/76.01 de fecha 08 de abril del 2008, aprueba el Instructivo 002-2008-EF/76.01 – Instructivo para el Proceso del Presupuesto, tiene los resultados en base al taller realizado, especifica primero los proyectos y acciones priorizados, y en este el caso señalan en la parte inferior que, adicionalmente los proyectos prioritarios que no tienen un presupuesto y que deben ser considerados para posteriores ampliaciones presupuestales o cambios en los proyectos ya concertados. Información relevante que refleja la no priorización en la gestión correspondiente es lo siguiente: - Se encuentra priorizado el proyecto desde el año 2009. La fecha de declaración de viabilidad es el 28 de enero del 2009, según ficha técnica de la obra. Logró su financiamiento mediante recursos ordinarios el año 2011. - Se inició la obra el 01 de agosto del 2011 y paralizada la ejecución de obra desde el 01 de junio del 2013. Al 31 de diciembre del 2018 ha transcurrido aproximadamente 05 años desde la paralización de obra que no se logra iniciar la ejecución del saldo de la obra, debido a que la contratación de consultoría de obra de reformulación del expediente técnico se ha declarado nulo el procedimiento de selección, retrotrayéndose a la etapa de convocatoria por diversas causales. Todo ello, no permite lograr el objeto del proyecto de disminuir los casos de enfermedades gastrointestinales en la población urbana del distrito de Rupa Rupa. 58 3.5. Irresponsabilidad de las funciones del comité de selección en la contratación de ejecución del saldo de la obra y consultoría de obra 3.5.1. Resultados de la investigación. a) Ejecución de la obra: “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco” Es una de las obras de edificación más importante para la ciudad de Tingo María, debido a no haberse culminado su ejecución desde hace muchos años es perjudicada la imagen urbana de la ciudad, por el desorden e informalidad; sin embargo, el procedimiento de selección del saldo de la obra que se lleva a cabo sufre diversos retrasos debido a que , mediante Resolución de Alcaldía 382-2018-MPLP de fecha 12 de junio del 2018, se declara de oficio la nulidad del acto de absolución de consultas y observaciones de la Licitación Pública 001-2018-MPLP-TM para la contratación de ejecución de obra: Ejecución del Saldo de la Obra: Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco – Primera Convocatoria, por el que se retrotrae hasta la absolución de consultas y observaciones , originado por la Carta 013-2018-CDELV SRL/GG con expediente administrativo 201813226 de fecha 11 de junio del 2018, el Sr. John Delgado Valdivia da a conocer ciertas observaciones a las bases administrativas; por lo que, el comité de selección en atención al documento de la referencia, en una revisión posterior de los actuados generados hasta la integración de las bases, encontró que se ha cometido un error material en la redacción del extremo de la acreditación de la experiencia requerida del profesional propuesto como Especialista en 59 Materiales, plasmándose en el documento de absolución de consultas y observaciones como : (…)como Especialista en Materiales en obras iguales y similares; debiendo ser: (…)como Especialista en Materiales en obras en general; hecho que ha conllevado a integrar las bases administrativas incluyendo dicho error material, remite dicha información el comité de selección mediante Carta 005-2018-MPLP- CS/LP 001-2018 de fecha 12 de junio del 2018, solicitando el pedido de nulidad del acto de absolución de consultas y observaciones. Además, mediante Carta 006-2018-MPLP-CS/LP 001-2018 de fecha 12 de junio del 2018, el comité de selección hace referencia que en atención al Oficio 080-2018-OCI-MPLP-I procede a una revisión posterior de los actuados generados hasta la integración de las bases, el cual encontró que se ha cometido un error material en la redacción de la acreditación de la formación profesional solicitada para el personal propuesto como Especialista en Seguridad, plasmándose en el documento de absolución de consultas y observaciones como : (…)Ingeniero en Seguridad e Higiene Industrial Titulado y Colegiado; debiendo ser: (…)Ingeniero en Seguridad e Higiene Industrial y/o Ingeniero Industrial Titulado y Colegiado; hecho que permitió integrar las bases administrativas incluyendo dicho error material. En el cual, mediante resolución se declaró nulidad de oficio, resuelve en su artículo tercero: Exhortar al comité de selección en poner mayor empeño en el cumplimiento de sus funciones, debiendo realizar sus actuaciones dentro del contexto señalado por Ley, a fin de evitar sanciones y responsabilidad administrativas y legales. 60 b) Ejecución de la obra “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa” Para lograr la contratación de la ejecución del saldo de la obra , se requiere la reformulación del expediente técnico; en mérito a ello, durante el procedimiento de selección, la entidad emitió la Resolución de Alcaldía 1090-2018-MPLP de fecha 13 de diciembre del 2018, en el cual resuelve en el artículo primero: Declarar nulo el procedimiento de selección de Concurso Público 001-2018-MPLP-TM, referente a la contratación de servicio de consultoría de obra para la elaboración de la reformulación del expediente técnico de obra: "Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa”, retrotrayéndose hasta la etapa de la convocatoria, generado por el Informe 48-2018/VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.2/VDRO de fecha 04 de diciembre del 2018, emitido por el Especialista de la Coordinación de Asistencia Técnica del área de Gestión Territorial del Programa Nacional de Saneamiento Urbano y por el Oficio 1484- 2018/VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.2 de fecha 04 de diciembre de 2018, del Responsable de la Unidad de Gestión Territorial, los cuales dieron a conocer la observación a las bases administrativas del procedimiento de selección; asimismo señalan que los términos de referencia presentados por la entidad ante el Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para la suscripción del convenio para el financiamiento, difieren a las bases administrativas 61 publicadas por la entidad en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado , específicamente sobre los porcentajes asignados a la forma de pago del servicio, que se muestran a continuación: Tabla 13. Comparación de formas de pago para la contratación de reformulación del expediente técnico de obra: “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable [...] Fuente: R.A. 1090-2018-MPLP de fecha 13 de diciembre del 2018. Lo cual queda sujeto a que se subsane tal situación, de lo contrario evaluaran las causales de resolución de convenio y la medida provisional de corte de uso de fondos transferidos a la municipalidad mediante el D.S 150-2018-EF (23/08/2018). El comité de selección que llevó a cabo dicho procedimiento de selección fue designado mediante Resolución de Alcaldía 750-2018-MPLP de fecha 01 de octubre del 2018. Mediante resolución que declaró nulo de oficio, resuelve en su artículo cuarto: Exhortar al Comité de Selección en poner mayor empeño en el cumplimiento de sus funciones, debiendo realizar sus actuaciones dentro del contexto señalado por Ley, a fin de evitar sanciones y responsabilidad administrativas y legales. CAPÍTULO IV INCUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN 4.1. Proyectos de inversión inconclusos 4.1.1. Resultados de la investigación La ejecución de proyectos en estudio se vio inconcluso por el actuar de las autoridades responsables en la fase de los procesos de contratación: actos preparatorios, proceso de selección y ejecución contractual de la gestión 2011-2014; en el cual el avance de las obras, fue lo siguiente: a) Ejecución de la obra “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco” Para la ejecución de obra en mención, fue a través de la L.P. 004-2011- MPLP/TM bajo el ámbito del Decreto de Urgencia 054-2011, la entidad suscribió el Contrato de Ejecución de Obra 003-2012-MPLP/TM de fecha 13 de marzo del 2012 con el contratista Consorcio Tingo María; según lo expuesto en la Resolución de Alcaldía 273-2015-MPLP de fecha 21 de mayo del 2015, inició el 02 de diciembre del 2012 con un plazo de ejecución de 360 días calendario y paralizado a partir del 13 de diciembre del 2014 , y resuelve en el acto resolutivo, expresamente en el artículo 1: Declarar consentida la liquidación de la obra en mención, presentada por el Contratista Consorcio Tingo María, en cumplimiento con el artículo 211 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, debido a que las observaciones formuladas por la entidad se hicieron fuera de plazo. 63 Posteriormente, mediante Resolución de Alcaldía 628-2015-MPLP de fecha 21 de mayo del 2015, resuelven en el artículo primero: Declarar la nulidad de oficio de la Resolución de Alcaldía 273-2015-MPLP, debiéndose retrotraer a la etapa de presentación de liquidación de contrato de la obra en estudio, ya que con fecha 12 de diciembre del 2014 los representantes del Consorcio Tingo María y los representantes de la entidad suscribieron el Acta de Constatación Física de Obra, concluyendo que luego de la verificación física de los trabajos realizados por el contratista determinaron que la obra se encuentra en un 19.66% de avance físico y no en un 19.77% como señala el contratista. Por lo que todos los cálculos deben de ejecutarse con las valorizaciones corregidas, entre otros motivos expuestos en la misma. Además, en el artículo tercero, señala: Disponer se efectúe el peritaje técnico a la obra en mención. Por lo que, mediante Contrato 012-2016-MPLP- TM de fecha 15 de marzo del 2016, del procedimiento de selección de Adjudicación de Menor Cuantía 002-2016- MPLP-TM derivada de la Adjudicación Directa Selectiva 014-2015-MPLP-TM procedieron a contratar el peritaje para la obra: “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado - Huánuco” , como contratista el Consorcio Leopardo, en el cual mediante Resolución de Alcaldía 344-2018-MPLP de fecha 25 de mayo del 2018, en el artículo primero señala: aprobar el peritaje de la obra “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo [...] ”, con avance físico de la obra de 19.77% del monto del contrato. El estado en que se encuentra al 2018 la contratación de ejecución de obra: Ejecución del Saldo de la Obra “Ampliación y Remodelación del 64 Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado - Huánuco”, es en la fase de selección del procedimiento de Adjudicación Simplificada 022-2018-MPLP-TM-1 derivada de la Licitación Pública 001-2018-MPLP-TM. b) Ejecución de la obra “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa” A través del Contrato 011-2016-MPLP-TM de fecha 15 de marzo del 2016 del procedimiento de selección de Adjudicación de Menor Cuantía 003-2016-MPLP-TM derivada de la Adjudicación Directa Selectiva 012- 2015-MPLP/TM procedieron a la contratar el peritaje de la obra “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final [...]" al Consorcio Leopardo, fue aprobado mediante Resolución de Alcaldía 350-2018-MPLP de fecha 28 de mayo del 2018, y finalmente modificado por Resolución de Alcaldía 628-2018-MPLP de fecha 21 de agosto del 2018, producto de un error material evidenciado por la Procuradora Público Municipal , que señala: Estando a las acciones legales (indemnización por daños y perjuicios) , este despacho viene proyectando en defensa del Estado, menciona que se pagó un exceso total de S/.21,141,864.85 y en el cuadro que muestra resulta el monto de S/.21,119,582.19; por lo que, debe decir: Observación 02: Se ha evidenciado que la Empresa Contratista S.R.L., sobrevaloro 22 valorizaciones brutas, reajustes de precios con fórmula polinómica, deducciones de reajuste por adelanto directo y de materiales, llegándose 65 a pagar un exceso total de S/. 21,119,582.19, tal y como se muestra Tabla 14. Perjuicio económico en contra de la entidad Fuente: Resolución de Alcaldía 350-2018-MPLP de fecha 28 de mayo de 2018. Se observa que el monto económico de las valorizaciones presentadas según el peritaje corresponde a S/. 5,733,285.84 que representa un 6.94% (avance físico de la obra) del monto contractual de la ejecución de la obra de S/. 82,652,378.43. Para poder lograr el financiamiento para contratar que se ejecute la obra, a fines del 2018 se encontraban realizando el procedimiento de selección para contratar el servicio de reformulación del expediente técnico del proyecto, mediante Resolución de Alcaldía 1090-2018-MPLP de fecha 13 de diciembre del 2018, declara nulo el procedimiento de selección d e Concurso Público 001-2018-MPLP-TM referente a la contratación de servicio para la reformulación del expediente técnico de obra: "Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa” retrotrayéndose hasta la etapa de la convocatoria, por haber diferido 66 lo expuesto en las condiciones establecidas para la suscripción del convenio de ambas partes, la municipalidad y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Programa Nacional de Desarrollo Urbano en relación al contenido de las bases respecto al término de referencia, específicamente de los porcentajes de forma pago del servicio, los cuales han sido modificados según lo pactado en los documentos de trámite del convenio. 4.2. Carencia de desarrollo económico local 4.2.1. Resultados de la investigación Mediante la revisión del Plan de Desarrollo Concertado de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado (2008-2015), fue identificado la dimensión de los objetivos de los proyectos de inversión sujetas a estudio, se comparó con la real situación percibida mediante observación directa, que refleja las consecuencias por la paralización de la ejecución física de dichos proyectos. Se da a conocer la siguiente información: 67 Tabla 15. Identificación de la dimensión con los objetivos de los proyectos de inversión pública de estudio 68 Por lo que, se adjunta las siguientes imágenes que reflejan las consecuencias por la paralización de las siguientes obras: a) Estado Situacional de la obra “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado - Huánuco” Lugar de Ejecución de Obra Exteriores del Mercado Modelo de Tingo María Actualmente cuenta con columnas y sobre cimientos debilitados y a la vez en el lugar de ejecución de obra se genera Insalubridad por acumulación de aguas servidas que ocasiona malos olores y origina enfermedades. infecciosas y virales. Ocasionó que los comerciantes se ubiquen en la Alameda Perú, incrementó el comercio informal, inseguridad ciudadana y el desorden público que daña la imagen urbana de Tingo María. Generó paraderos informales de mototaxis fuera del perímetro del mercado modelo de Tingo María creando congestión vehicular y peatonal que podrían ocasionar accidentes a la población tingaleza. La paralización de la obra produce que los comerciantes ambulantes invadan dicho espacio, que no ofrece las condiciones adecuadas para vender sus productos. 69 b) Estado Situacional de la obra “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa” Los presentes paneles fotográficos son elaborados por la empresa Consorcio Leopardo, encargado del peritaje de la obra. INCONCLUSO Y EN ABANDONO GENERA PELIGRO LATENTE 70 71 72 73 4.3. Población insatisfecha 4.3.1. Resultados de la investigación a) Proyecto “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado - Huánuco” Según lo plasmado en el formato SNIP-03: ficha de registro - banco de proyectos de fecha de declaración de viabilidad el 05 de diciembre del 2010, según numeral 3.2.1. señala que, los beneficiarios directos deben ser 57750 personas, los cuales fueron perjudicados por la no ejecución física del proyecto, además en el numeral 3.2.2, identifica que en las principales actividades económicas se encuentran el comercio y venta de vehículos que emplea al 32% de la Población Económicamente Activa (PEA), y que nuestra localidad es el centro de intercambio comercial de la provincia de Leoncio Prado y donde realizan las mayores operaciones de comercio, en gran parte debido a su ubicación geográfica y sus conexiones por vía terrestre con las ciudades de Pucallpa, Huánuco, Huancayo y Lima. b) Proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa” En el numeral 3.2.1 de la ficha técnica del proyecto, formato SNIP-03: ficha de registro - banco de proyectos con fecha de declaración de viabilidad el 28 de enero del 2009, detalla que el número de personas que no lograron ser beneficiados directos son 51445, por la paralización de la obra; según numeral 3.2.2. de la misma, entre las características de los beneficiarios se encuentra las principales enfermedades que son causas de morbilidad: enfermedades del sistema respiratorio (29%), las infecciosas y parasitarias (25%) y las enfermedades del sistema digestivo 74 (9%), siendo la primera causa: el clima, la segunda y tercera están relacionadas por la ingesta de agua contaminada y alimentos regados con aguas servidas y posteriormente mal lavados [...], siendo principales problemas para la salud, por lo que , no permitió reducir dichos índices sobres las enfermedades antes mencionadas. 4.4. Vida útil de los proyectos de inversión 4.4.1. Resultados de la investigación a) Proyecto “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado - Huánuco” Para el presente proyecto de inversión pública, según el sistema constructivo que corresponde para una edificación , está de acuerdo a la Directiva 002-2014-EF/51.01 “Metodología para la modificación de la vida útil de edificios, revaluación de edificios y terrenos, identificación e incorporación de edificios y terrenos en administración funcional y reclasificación de propiedades de inversión [...]”, aprobada por la Dirección General de Contabilidad Pública mediante R.D. 006-2014- EF/51.01 del 19 de mayo del 2014, en el numeral 4, indica:  La oficina responsable del control patrimonial o quien haga sus veces, identificará el tipo de material del edificio. De existir más de un material utilizado en su construcción, se considerará el material predominante.  A la vez determina el rango de vida útil expresado en años, que corresponda de acuerdo con los datos siguientes: 75 Tabla 16. Rango de vida útil expresado en años de edificios según tipo de material Fuente: Directiva 002-2014-EF/51.01 En el cual, la construcción del Mercado Modelo de Tingo María, tendrá un rango de vida útil de 50 a 80 años. b) Proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana [...]” El proyecto de inversión en estudio, en relación al sistema constructivo está en concordancia con la Directiva 002-2016-EF/51.01 “Metodología para el reconocimiento, medición y registro de los bienes de propiedades, planta [...]”, en el numeral 1.1 del anexo 1, que detalla : Tabla 17. Vida útil según clase de activos Fuente: Directiva 002-2016-EF/51.01 “Metodología para el reconocimiento, medición y registro de los bienes de propiedades, planta y equipo de las entidades gubernamentales” 76 La vida útil es de 33 años según la lista de clase de activos para el proyecto de inversión. Además, en el inciso e), la cuarta definición y numeral 4 de la directiva antes mencionada, indica que infraestructuras comprende:  Redes eléctricas y de comunicación.  Sistemas de abastecimiento de agua.  Sistemas de alcantarillado.  Otras infraestructura CAPITULO V ACCIONES A REALIZAR PARA RECUPERAR LOS RECURSOS MAL USADOS DE LAS OBRAS PARALIZADAS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO DEL PERIODO 2011- 2016 5.1. Ejecución de la obra “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco” Mediante Resolución de Alcaldía 344-2018-MPLP de fecha 25 de mayo del 2018, resuelve en su artículo primero: Aprobar el peritaje de la obra con avance físico de 19.77% del monto del contrato, así como la determinación de un saldo a favor de la entidad, conforme a la tabla 8. Además, resuelve en su artículo segundo: Derivar el caso a Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la municipalidad para el trámite pertinente sobre el deslinde de responsabilidad administrativa, así como a la Oficina de Procuraduría Pública Municipal para las acciones legales (civil y penal). Con el fin de recuperar aquellos recursos, la entidad a través de la Procuradora Pública Municipal deberá formular su requerimiento (término de referencia) de la Contratación del Servicio de un Asesor Legal Externo Especializado, para que efectúe la Defensa en Materia Civil para el recupero del dinero según informe de peritaje aprobado, en el cual deben tomar en consideración lo expuesto a continuación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, según detalle: - Debe definir el monto total de dinero a ser recuperado, en el cual el monto será lo determinado en la tabla 8 de la presente tesis, que representa un saldo a favor de la entidad de S/. 1,683,995.22. 78 - Para determinar el procedimiento de selección según el valor estimado por el área usuaria para pagar el servicio a contratar y el objeto de contratación, en este caso es un servicio, con ello se procede a establecer el procedimiento de selección según artículo 16, literal a , artículos 22 al 25 de la Ley de Contrataciones del Estado, Ley 30225 , artículo 32 y 76 de su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo 350-2015-EF y artículo 16 de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018, Ley 30693 y Decreto Supremo 380-2017-EF publicado en el diario oficial “El Peruano” el 23 de diciembre del 2017. - Además, pudiendo ser una contratación directa , de conformidad al artículo 85 del Reglamento de la Ley de Contrataciones, la Entidad puede contratar directamente con un proveedor solo cuando se configure alguno de los supuestos del artículo 27 de la Ley bajo las condiciones que a continuación se indican, el cual en el numeral 6 señala, en este supuesto pueden contratarse servicios especializados profesionales brindado por personas naturales, por lo que, el área usuaria debe sustentar objetivamente lo siguiente: Servicios Personalísimos: a) Especialidad del proveedor, relacionada con sus conocimientos profesionales, que permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacer la complejidad del objeto contractual. b) Experiencia reconocida en la prestación de objeto de la contratación. La contratación directa de un Asesor Legal Externo Especializado, para que efectúe la defensa en materia civil para el recupero de dinero, conforme al informe de auditoría, vía instancia judicial, correspondiente a la obra en mención, deberá ser aprobado mediante Acuerdo de Consejo Municipal de conformidad al artículo 86 del 79 Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, además de cumplir con lo establecido en los artículos 21º y 87° del Reglamento. 5.2. Ejecución de la obra “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado y Disposición Final de la Zona Urbana [...]” Mediante Resolución de Alcaldía 350-2018- MPLP de fecha 28 de mayo de 2018 aprueban un nuevo monto de perjuicio económico en contra de la municipalidad mediante el peritaje de obra y luego esta resolución tiene un error material por la incongruencia entre el monto expresado en números y lo especificado en letras sobre el perjuicio económico, por lo que, emiten la Resolución de Alcaldía 628-2018-MPLP de fecha 21 de agosto del 2018,en el cual concluyen que hay un perjuicio económico para la municipalidad, precisado en la tabla 14 de la presente investigación. Con el propósito de recuperar los recursos mal usados que fueron asignados para la obra, la Procuradora Pública deberá formular el requerimiento (término de referencia) para la Contratación Directa del Servicio de un Asesor Legal Externo Especializado, para que efectúe la Defensa en Materia Civil para el recupero del dinero según informe de peritaje aprobado, en el cual deben tomar en consideración lo expuesto a continuación en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo 056-2017-EF, según detalle: - Debe definir el monto total de dinero a ser recuperado, para el caso dicho monto es determinado en la tabla 14. - Para establecer el procedimiento de selección es en base al valor estimado por el área usuaria para pagar el servicio a contratar y al objeto de contratación, en este caso es un servicio, con ello se procede a establecer el procedimiento de selección según el literal a del artículo 16 ; artículos 22 al 25 de la Ley de Contrataciones del Estado, Ley 30225; artículo 32 y 76 de su reglamento y artículo 16 de la Ley 80 del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018, Ley 30693 y Decreto Supremo 380-2017-EF publicado en el diario oficial “El Peruano” el 23 de diciembre del 2017. Además, pudiendo ser una contratación directa, de conformidad al artículo 21,85,86 y 87 del Reglamento antes mencionado. CAPÍTULO VI DISCUSIÓN DE RESULTADOS 6.1. Verificación de resultados La investigación tuvo como hipótesis general “las debilidades de control en la gestión de los proyectos de inversión limitan cumplir los objetivos en la ejecución de los proyectos de inversión en la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado durante los años 2011-2016”, como variable independiente las debilidades de control en la gestión de los proyectos de inversión y los indicadores que se determinó son: - El incumplimiento de la normativa presupuestal en la contratación de ejecución de obras, vulnera el numeral 26.1 y 41.1. de la Ley 28411, y el numeral 11.1 del Decreto de Urgencia 054-2011, por realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático del proyecto del Mercado Modelo de Tingo María, a través de anulaciones y habilitaciones a otras dos obras, siendo prohibido, al no haber cumplido el fin de los recursos, es decir la no culminación de la obra del mercado ni de las otras dos obras, ocasionado por la falta de disponibilidad presupuestal. - Incumplimiento de funciones del supervisor en la ejecución de obra, por no actuar bajo lo establecido en el Decreto Supremo 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo 1017, Ley de Contrataciones del Estado, en su artículo 190, 193 y 197 , y en concordancia con el artículo 47 y 49 del Decreto Legislativo 1017, Ley de Contrataciones del Estado, han incumplido las responsabilidades como verificar y comprobar que la obra cumpla con los requerimientos técnicos pactados contractualmente, y 82 vulneraron el artículo 180 de la Ley de Contrataciones del Estado, ya que aprobaron pagos a favor del contratista sin haberse ejecutado la respectiva prestación. - Deficientes expedientes técnicos de obras, en el cual en los dos proyectos de inversión incumplen lo estipulado en el anexo de definiciones , el artículo 180 y 184 del Decreto Supremo 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, además según el artículo 13, el numeral 41.1 y 41.2 del artículo 41 del Reglamento la Ley de Contrataciones del Estado aprobado con Decreto Supremo 350-2015-EF, ya que otorgaron la conformidad del servicio y pagaron por la elaboración de un expediente técnico deficiente; Quienes fueron los responsables no actuaron conforme a la Ley 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, específicamente en el artículo 3,5 y 7, y en el numeral 10.3 del artículo 10 ; en el artículo 9, 10 y 11 del capítulo I, título IV del Decreto Supremo 033-2005-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, y la novena disposición final de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República . Además, en el proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable[...] vulneraron el capítulo VI de la sección específica de dichas bases administrativas del procedimiento de selección de contratación para la elaboración del expediente técnico del proyecto de inversión pública. - Falta de priorización en la gestión de los proyectos de inversión pública, debido a que la entidad no basó sus funciones en el inciso a), artículo 2 del título I del Decreto Supremo 142‐2009‐EF, que aprueba el Reglamento de la Ley 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, señala que se deben 83 realizar talleres en marco del presupuesto participativo, por lo que lo realizaron con el fin de priorizar los proyectos de inversión, en el cual han sido considerados prioritarios los dos proyectos en estudio, ambos ocuparon el puesto número quinto, sin contar con el financiamiento , los cuales a la fecha no han sido de prioridad en la gestión de la entidad, ya que aún no han logrado la ejecución de los proyectos para el beneficio de la población de la Provincia de Leoncio Prado. También incumplieron el artículo 73, capítulo I del título V de la Ley Orgánica de Municipalidades, que señala: [...] promover, apoyar y ejecutar proyectos de inversión y servicios públicos municipales que presenten, objetivamente, externalidades o economías de escala de ámbito provincial [...]. Los trabajadores de la municipalidad inmersos en la gestión respectiva deben tomar en cuenta y cumplir lo enunciado en el inciso a) y b) del numeral 2.2 e inciso b) y c) del numeral 2.3 de la presente tesis. - Irresponsabilidad de las funciones del comité de selección en la contratación de ejecución del saldo de la obra y consultoría de obra, se comprobó al no haber actuado según el artículo 22, capítulo II del Decreto Supremo 350- 2015-EF que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en amparo al artículo 44 de la Ley de Contrataciones del Estado la entidad gestionó la nulidad de oficio del procedimiento de selección, por incurrir en error en una etapa del procedimiento de selección por haber contravenido las normas legales; en el cual , el titular de la entidad mediante resolución de alcaldía declaró de oficio la nulidad de una etapa del proceso, retrotrajo hasta el acto erróneo y exhortó al comité de selección poner mayor empeño en el cumplimiento de sus funciones, debiendo realizar sus actuaciones 84 administrativas dentro del contexto señalado por Ley. Además, incumplió el artículo 1 de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado y modificatoria, ya que al incurrir en la nulidad de oficio ocasionó que no se realice la contratación de la ejecución del saldo de la obra, bajo el enfoque de gestión por resultados de manera oportuna para el cumplimiento del fin público, ya que el efecto de la nulidad de oficio es retrotraer a la etapa que no permite llevar el correcto proceso, por lo que se posterga y amplia los plazos de las etapas que comprende un procedimiento de selección; y vulnera el inciso f) del artículo 2, detalla que debe llevarse a cabo el procedimiento de selección bajo el principio de eficacia y eficiencia; e incumple lo contemplado en el numeral 6, artículo 7 del capítulo II de la Ley 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, debido a que el comité de selección debió actuar con responsabilidad al desarrollar sus funciones, de forma cabal e integra aplicando lo estipulado en las normativas según corresponda. Los puntos antes mencionados guardan relación directa con lo publicado por Edson Lozano Medina en la revista sobre “La eficiencia en la ejecución de obras públicas: tarea pendiente en el camino hacia la competitividad regional - un enfoque desde el control gubernamental” que identifica como principales problemas que origina la falta de eficiencia en el gasto público en infraestructuras sobrevaloradas, paralizadas, inconclusas y/o abandonadas que le quita ventajas competitivas a toda actividad económica y resta competitividad a las regiones. Dichos indicadores limitan el cumplimiento de los objetivos en la ejecución de los proyectos de inversión que se evidencian en: - Proyectos de inversión inconclusos, en la ejecución del saldo de la obra del Mercado Modelo se encuentra pendiente , por lo que al no estar de mutuo 85 acuerdo la entidad y el contratista en la liquidación de la obra, dispone el titular de la municipalidad realizar un peritaje y con ello lograr la búsqueda de financiamiento para ejecutar la obra; por lo que contrataron el peritaje para la obra , en el cual mediante Resolución de Alcaldía 344-2018-MPLP de fecha 25 de mayo del 2018, en el artículo primero señala aprobar el peritaje de la obra: “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de la Ciudad de Tingo María”, con avance físico de la obra de 19.77% del monto del contrato, no concluyeron la obra por incumplir principalmente el numeral 11.1, artículo 11 del Decreto de Urgencia 054-2011, se encontró al 2018 en la fase de selección del procedimiento para contratar que se ejecute el saldo de obra. El proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable [...]”se encuentra inconcluso, por lo que procedieron a contratar el peritaje de obra, ya que la entidad necesita determinar el monto requerido para ejecutar la obra para iniciar con la gestión del financiamiento, en el cual finalmente mediante Resolución de Alcaldía 628-2018-MPLP de fecha 21 de agosto del 2018, rectifican montos que permite determinar el perjuicio económico, en el cual se apreció que el monto económico de las valorizaciones presentadas según el peritaje corresponde al 6.94% de avance físico de la obra del monto contractual de la ejecución de obra de S/. 82,652,378.43; al año 2018 se encuentran realizando el procedimiento de selección para contratación de la reformulación del expediente técnico por el saldo de obra, el cual esta nulo de oficio, retrotraído hasta la etapa de convocatoria y publicación de bases. Deben actuar en función al artículo 1 de la Ley Nº30225, Ley de Contrataciones del 86 Estado y modificatoria, tomar en consideración lo expuesto en el inciso d) e h) del numeral 2.2 e inciso d) y g) del numeral 2.3 de la presente tesis. - Carencia de desarrollo económico local, vulnera el artículo VI del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, y según lo publicado por Consultoría y Gestión Urbana y Ambiental precisa que paralelamente con el suelo, la infraestructura y la vivienda, el equipamiento es uno de los componentes urbanos fundamentales, por su aporte en el aspecto social y económico, que busca el bienestar de la población y mejoras en las actividades productivas; por lo que, para promover el desarrollo económico local es primordial generar infraestructura urbana a través del desarrollo del proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral del Agua Potable, Alcantarillado [...]”, realizar el equipamiento urbano mediante la ejecución del proyecto “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo [...] ”, en el cual deben aplicar lo contemplado en el Plan de Desarrollo Concertado de la provincia de Leoncio Prado (2008-2015), por tanto la municipalidad debe agilizar el trámite para llevar a cabo los proyectos que aún están paralizados. - Población insatisfecha, la entidad al no ejecutar a la fecha los proyectos de inversión, no permite mejorar la calidad de vida de la población, es decir, incumple el fin del proyecto, vulnerando la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado y modificatoria, específicamente el artículo 1 y el inciso f) del artículo 2, que el proceso de contratación y las decisiones que se tomen deben enfocarse al cumplimiento de los fines, metas y objetivos de la entidad, asegurando la efectiva y oportuna satisfacción de la población, con condiciones de calidad y con el buen empleo de los recursos del estado. 87 - Vida útil de los proyectos de inversión, para ser ejecutados los proyectos de inversión debe basarse en la Directiva 002-2014-EF/51.01 sobre “Metodología para la modificación de la vida útil de edificios, revaluación de edificios y terrenos, identificación e incorporación de edificios y terrenos en administración funcional y reclasificación de propiedades de inversión en las entidades gubernamentales” aprobada por la Dirección General de Contabilidad Pública mediante Resolución Directoral 006-2014-EF/51.01 del 19 de mayo del 2014, en el numeral 4 indica el rango de vida útil en años de edificios según el tipo de material, siendo de aplicación para el sistema constructivo del Mercado Modelo de Tingo María. Además, para el caso de Ampliación y Mejoramiento del Sistema del sistema integral de agua potable, alcantarillado y disposición final de la zona urbana del Distrito, en función al sistema constructivo debe considerarse el numeral 1.1 del anexo 1 de la Directiva 002-2016-EF/51.01 “Metodología para el reconocimiento, medición y registro de los bienes de propiedades, planta y equipo de las entidades gubernamentales”, describe la vida útil expresado en años de las unidades de activos. 88 CONCLUSIONES 1. El estado situacional de la gestión de los proyectos de inversión de “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo [...]” al año 2018 estaba en la fase de selección para la contratación de la ejecución por el saldo de la obra; y en la “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable [...]” se encuentra al 2018 en la etapa de selección de la contratación del servicio de reformulación del expediente técnico del saldo de obra, que fue declarado nulo de oficio mediante R.A. 1090-2018- MPLP de fecha 13 de diciembre del 2018, retrotraído hasta la etapa de la convocatoria y publicación de bases. 2. Los proyectos de inversión pública de “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo [...]” su nivel de avance físico es 19.77% y el avance financiero de 43.40%, ambos respecto al monto contractual según informe pericial; asimismo la “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral del Agua Potable [...]”, en un avance físico de 6.94% y financiero de 32.49% los dos referentes al monto del contrato, los cuales se encuentran en paralización la ejecución física del proyecto al año 2018. 3. Las causas que limitaron el cumplimiento de los objetivos de la ejecución de los proyectos de inversión de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del periodo 2011- 2016, son las debilidades de control en la gestión de los proyectos de inversión definidas en el incumplimiento de la normativa presupuestal en la contratación de la ejecución de obras, deficientes expedientes técnicos de obras, falta de priorización en la gestión de los proyectos de inversión pública e irresponsabilidad de las funciones del comité de selección para la contratación de ejecución del saldo de la obra y consultoría de obra. 89 RECOMENDACIONES 1. Para contribuir en bien de la gestión de los proyectos de inversión pública, deben tomar en cuenta el comité de selección de contratación de la ejecución del saldo de la obra de “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo [...]”, que en la etapa de calificación los postores acrediten que cuentan con capacidad técnica, operativa y financiera de sus empresas, con el fin de garantizar la ejecución del proyecto; en la “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral del Agua Potable [...]”, deben cumplir los lineamientos del proyecto de inversión de pública, ya que está en la etapa de inversión de elaboración del expediente técnico del saldo de obra, existiendo un cambio de alternativa de propuesta por parte del Ministerio de Vivienda [...] , el cual requiere la disponibilidad de terreno mediante saneamiento físico legal. 2. Que, el titular de la entidad monitoreé el manejo presupuestal de los recursos asignados a los proyectos de inversión pública priorizados en conformidad a la normativa presupuestal vigente, a fin de prever y no cometer anteriores irregularidades que ocasionó el no contar con disponibilidad presupuestal para la ejecución de los proyectos y queden en la situación de paralización en perjuicio de la entidad y de la provincia de Leoncio Prado. 3. Que, la Subgerencia de Recursos Humanos programe y ejecute un plan de capacitación dirigido a las áreas responsables del proceso de contratación pública (áreas usuarias, presupuesto, infraestructura, administración, asuntos jurídicos, gerencia municipal y alcaldía), dictados por especialistas de la Dirección General de Inversión Pública, Dirección Nacional de Presupuesto Público y del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado , que consistirán en talleres sobre procesos de contrataciones realizados por la entidad, en el cual evalúen y recomienden en función a la normativa correspondiente para contrarrestar las debilidades de control 90 en la gestión de los proyectos de inversión, con el fin de cumplir el objetivo de los mismos y posteriormente lograr eficientes contrataciones públicas. 4. A través de la Oficina de Procuraduría Pública Municipal de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado se debe hacer efecto el informe del peritaje aprobado que determina el monto de perjuicio económico en contra de la entidad de los proyectos de inversión pública, en el cual la entidad debe contratar a un asesor legal especializado para que se responsabilice de la defensa en materia civil para recuperar dicho dinero. 91 BIBLIOGRAFÍA Allpas, J. (1995). Incidencia del uso inadecuado de los presupuestos en la administración gubernamental de Tingo María (tesis de pregrado). Universidad Nacional Agraria de la Selva, Tingo María. Arnao, R. (2002). Contribución a la descentralización desde las Municipalidades: Diagnóstico y propuestas para el caso peruano. Recuperado de http://biblio3.url.edu.gt/Libros/RG/0.pdf Asenjo, N. (2011). El proceso de planificación como herramienta de gestión para optimizar la ejecución de proyectos de inversión en la UNAS , 2011 (tesis de pregrado). 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Recuperado de https://revista1.tce.mg.gov.br/Content/Upload/Materia/1608.pdf Ministerio de Economía y Finanzas (2018). Glosario de Presupuesto Público. Recuperado de https://www.mef.gob.pe/es/presupuesto-publico-sp-18162 Osborne, D. y Gaebler T. (1994). La reinvención del gobierno . Recuperado de http://biblio3.url.edu.gt/Libros/RG/0.pdf Palacios, L. (2013). El presupuesto participativo basado en resultados como instrumento para la toma de decisiones en la asignación y ejecución del presupuesto de inversiones de la Municipalidad Distrital de Casa Grande,2012 (tesis de pregrado). Universidad Privada Antenor Orrego, Trujillo. Tamayo y Tamayo, M. (2003). El Proceso de la Investigación Científica. México: Limusa. Recuperado de https://clea.edu.mx/biblioteca/Tamayo%20Mario%20- %20El%20Proceso%20De%20La%20Investigacion%20Cientifica.pdf 93 ANEXOS 94 Anexo 1. Acta de Entrega de terreno de la obra : “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado- Huánuco” 95 Anexo 2. Matriz de consistencia Tesis: “Estado Situacional de la gestión de los proyectos de inversión ejecutados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado , Periodo 2011-2016” Planteamiento de problema Objetivo Hipótesis Variables Operacionalizacion Metodología Dimensiones Indicadores General: ¿Cuál es el estado situacional de la gestión de los proyectos de inversión ejecutados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del 2011 al 2016? General: Determinar el estado situacional de la gestión de los proyectos de inversión ejecutados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del 2011 al 2016. General: “Las debilidades de control en la gestión de los proyectos de inversión limitan el cumplimiento de los objetivos de la ejecución de los proyectos de inversión de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado durante los años del 2011 al 2016”. Variable Independiente: DEBILIDADES DE CONTROL EN LA GESTIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN. GESTIÓN Incumplimiento de la normativa presupuestal en la contratación de la ejecución de obras Tipo de investigación: Aplicada Población y Muestra: En la ejecución de la tesis se consideró el número total de 03 proyectos de inversión pública mayores (costo de inversión mayor a S/. 1´200,000.00) del periodo 2011 al 2016, en las cuales su ejecución física se encuentra en estado paralizado. Resulto el tamaño de muestra dos proyectos de inversión pública mayores, los siguientes: “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco” y la “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Integral de Agua Potable, Alcantarillado Y Disposición Final de la Zona Urbana del Distrito de Rupa Rupa” . Incumplimiento de funciones del supervisor en la ejecución de obras Deficientes expedientes técnicos de obras Falta de priorización en la gestión de proyectos de inversión Irresponsabilidad de las funciones del comité de selección en la ejecución de obra y consultoría de obra Variable Dependiente: INCUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN. OBJETIVOS Proyectos de inversión inconclusos Carencia de desarrollo económico local Población insatisfecha Vida útil de los proyectos de inversión 96 Planteamiento de problema Objetivo Hipótesis Variables Operacionalizacion Metodología Dimensiones Indicadores Específico: ¿En qué situación se encuentran los proyectos de inversión ejecutados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado durante los años 2011 - 2016? Específico: Identificar en qué situación se encuentran los proyectos de inversión ejecutados por la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado durante los años 2011 – 2016. Técnicas de investigación: - Sistematización bibliográfica y hemerográfica. -Análisis documental. Instrumentos de investigación: -Fichas bibliográficas y hemerográficas. -Fichas de investigación. Métodos generales: - Histórico - Dialectico - Comparativo Métodos específicos: - Inductivo - Analogía - Matematización ¿Cuáles son las causas que dificultaron cumplir los objetivos de la ejecución de los proyectos de inversión de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del periodo 2011- 2016? Establecer las causas que dificultaron cumplir los objetivos de la ejecución de los proyectos de inversión de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del periodo 2011- 2016. ¿Qué acciones deben realizar para recuperar los recursos mal usados de las obras paralizadas de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del periodo 2011- 2016? Plantear las acciones a realizar para recuperar los recursos mal usados de las obras paralizadas de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del periodo 2011- 2016?